Nuevo golpe de la justicia española a la presencia del catalán en la escuela. El Tribunal Supremo ha dado un nuevo paso en este sentido, a raíz de un recurso de la Asamblea por una Escuela Bilingüe, y ha anulado el apartado del documento sobre la organización gestión de centros para el curso 2022-2023, que indicaba que "la rotulación de los espacios del centro es en lengua catalana: en occitano en Aran y en lengua de signos catalana si corresponde, que son las lenguas de referencia del sistema educativo". En abril de 2025, una sentencia del TSJC tumbó el uso exclusivo del catalán en las aulas y exigió que se incluyera el castellano como lengua vehicular, pero mantuvo vigente el apartado de aquel documento para la organización de los centros sobre la rotulación en catalán. La AEB recurrió y este lunes, en plenas vacaciones escolares, el Supremo les ha dado la razón, anulando el apartado. El recurso de la entidad españolista contaba con el apoyo de la Fiscalía. Según ha resuelto el Supremo, "la enseñanza no puede circunscribirse a lo que se transmite en las aulas, ni a los libros de texto y otros materiales docentes" y "el espacio físico en que se desenvuelve la actividad educativa no puede calificarse como algo completamente separado y ajeno a ésta". Por su parte, fuentes del Departament d'Eduació afirman que en el DOIGC del curso que viene no hay ninguna referencia a la rotulación de los centros.
La sentencia del Supremo es muy clara: “No es lo mismo, a efectos de la visión de las cosas que se transmite a los alumnos, un espacio físico donde señales y carteles están solo en una en las dos lenguas de la correspondiente Comunidad Autónoma". "La lengua empleada en la rotulación de los centros docentes no es irrelevante para la enseñanza", concluye, en línea con lo que defiende la Asamblea por una Escuela Bilingüe en su recurso de casación. La entidad defendía que fijar por norma el uso exclusivo del catalán en la rotulación suponía una "asimetría oficial" contra el castellano, que quedaba relegado a una lengua de segunda dentro de la escuela catalana con la decisión del TSJC. Tal y como ha acabado aceptando el Supremo, para la AEB, el entorno físico de los centros, incluyendo la señalización, debe ser considerado "parte de la vivencia pedagógica diaria del alumnado".
Yendo aún más lejos, la sentencia del Supremo insiste en que el castellano, como lengua oficial en todo el Estado, "no puede quedar excluida en las comunicaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos", considerando que estos carteles y señales son una fórmula de comunicación y, por ello, no pueden ser "ajenos al régimen de cooficialidad lingüística" y, por tanto, excluir el castellano, "no es respetuoso con el artículo 3 de la Constitución, por no mencionar que puede introducir una diferencia de trato injustificada en materia lingüística". Esta nueva decisión de la justicia española que afecta al modelo de escuela catalana llega antes de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el 25% del castellano en las aulas. Estaba prevista para junio de 2025, pero ha pasado un nuevo curso escolar y este ente continúa sin pronunciarse con los centros y las entidades en defensa de la inmersión a la expectativa.
