El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo Miguel Presno Linera, especialista en protección jurídica de personas y grupos vulnerables, se ha apresurado en responder al auto del juez Pablo Llarena, del Tribunal Supremo, por el que este confirmaba la prisión del vicepresident Oriol Junqueras. El artículo, titulado "Ejercicio del cargo representativo vs. 'derecho procesal penal del enemigo'", ha sido colgado en el blog del autor. En él, Presno hace una crítica contundente del documento de Llarena, al considerar que vulnera derechos fundamentales.

Contra la "ponderación"

Presno critica muy duramente que el auto no tenga en cuenta los límites que establece la Constitución a los derechos, sino que se centre en el conflicto entre los diferentes derechos, bienes e intereses, con lo que el juez acaba decidiendo qué valores e intereses tienen que prevalecer. Presno alega que el mismo Tribunal Constitucional ha reiterado que "no se pueden jerarquizar los derechos fundamentales". Presno añade que el juez tiene la obligación de interpretar la normativa aplicable en el sentido más favorable para la efectividad de los derechos fundamentales y que Llarena no lo hace.

El artículo 384 bis

Llarena invocaba en su auto el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero Presno deja bien claro que para él esta invocación no es pertinente en este caso. Presno es especialmente duro con el apartado del auto que deniega la posibilidad de Junqueras de asistir a dos plenos del Parlament por miedo a incidentes (sin detallarse siquiera de qué incidentes se trata). Presno alega que el juez está obligado a proteger los derechos fundamentales y que con su medida lesiona los derechos de los electores de Junqueras. Además, explica que las manifestaciones están contempladas en el derecho fundamental de reunión.

Incapacidad

El juez, en su auto, afirma que declara "la incapacidad legal prolongada" de los legisladores presos para que puedan delegar su voto. Presno apunta que esta "incapacidad legal", según el Código Civil, solo puede ser establecida por sentencia judicial. No podría, pues, haber incapacidad sin sentencia. Además, la delegación de voto no resolvería el problema, porque, afirma Presno, ser parlamentario no es solo votar, sino también participar en los debates y este derecho es negado a Junqueras.

Derecho procesal penal del enemigo

Presno recurre a las teorías de Günther Jakobs sobre el "derecho procesal penal del enemigo". Asegura que el auto se adapta perfectamente a ellas, porque está más pensado en función de los hechos futuros punibles que en los ya cometidos, se acuerdan medidas desproporcionadamente altas para los acusados y se relativizan los derechos fundamentales. Presno explica que, al margen de lo que se piense sobre el comportamiento de Junqueras, el auto vulnera sus derechos fundamentales y los de sus electores. El profesor de Derecho Constitucional también advierte que puede haber problemas con eventuales recursos en el Tribunal Supremo, el Constitucional o, incluso, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.