La Audiencia de Barcelona no aprecia delitos de odio e injurias a la Guardia Civil en los insultos y ataques a manifestantes de la asociación Jusapol que el mes de septiembre pasado hicieron una marcha en Barcelona, al considerar que se enmarcan en la "crítica política" sobre un asunto de "interés general".

En un auto, al cual ha tenido acceso Efe, la sección sexta de la Audiencia de Barcelona estima un recurso que la defensa de un imputado por los ataques de manifestantes independentistas a miembros de Jusapol presentó contra la decisión del juez instructor de imputarle los delitos de odio, injurias a la Guardia Civil e integridad moral, entre otros.

El hombre fue imputado a raíz de los incidentes ocurridos el septiembre pasado, después de una manifestación que Jusapol convocó en Barcelona en homenaje a los agentes que actuaron el 1-O, cuando varios guardias civiles fueron increpados por un grupo de personas, que les gritaron consignas como "Fuera, fuera, las fuerzas de ocupación", e intentaron quemar una bandera española que llevaban. Según mantiene el auto, un integrante del grupo de independentistas propinó dos patadas por la espalda a uno de los guardias civiles, mientras otro le daba un puñetazo a la cabeza, momento en que una tercera persona empezó a sacudirlo.

La sala descarta que los hechos constituyeran un delito de odio, como mantiene la fiscalía, al considerar que "no cualquier colectivo o grupo social de personas puede ser tributario de la protección" que merece este tipo penal, que a su parecer se tiene que circunscribir a los colectivos vulnerables e históricamente discriminados en el contexto concreto en que se emita el discurso. En la misma línea, la sala opina que tampoco encajan los hechos en el delito de injurias colectivas de odio, dado que este exige que se dirija contra un "colectivo o minoría especialmente vulnerable de agresiones a su seguridad" y que la conducta revista "especial gravedad" y vaya dirigida a "demonizar al colectivo ante la opinión pública".

Según la opinión de la Audiencia, ninguna de estas "controvertidas expresiones" ni los actos contra los agentes de Jusapol "tiene la menor potencialidad y virtualidad para afectar a una institución tan asentada y prestigiosa como la Guardia Civil. Tampoco cree la sala que el imputado cometiera un delito contra la integridad moral contra los guardias civiles de Jusapol, al no apreciar la "sensación de humillación y cosificación" de la víctima que exige el tipo penal.

Por este motivo, la sala revoca el auto del juez instructor y restringe la investigación del caso de los delitos leves de lesiones o de daños y tenencia ilícita de armas, por un puño americano intervenido a los manifestantes contrarios a Jusapol.