Nuevo pacto entre Junts y el Gobierno en materia lingüística. En el marco de la Ley de Atención a la Clientela, que se está tramitando en el Congreso de los Diputados, las dos formaciones han acordado una batería de enmiendas para introducir “cambios sustanciales” en el texto con la voluntad de “blindar el catalán en la atención al cliente”, según informan los juntaires en un comunicado. Indican que será obligatorio que los trabajadores de los servicios de atención a la clientela “conozcan el catalán para poder atenderlos respetando sus derechos lingüísticos”. La obligación afectará a todos los servicios básicos de interés general y a cualquier empresa de más de 250 trabajadores o que facture más de 50 millones anuales. “Estas medidas suponen un cambio de paradigma, ya que ponen por delante el derecho del consumidor a ser atendido en catalán, sin que eso dependa de la buena voluntad de la empresa o de su ubicación territorial”, celebra la formación capitaneada en Madrid por Míriam Nogueras. A partir de aquí, hará falta que las enmiendas sean incorporadas en el texto y que la ley reciba luz verde (con la mayoría necesaria) para que los cambios entren en vigor.

“El acuerdo permite asegurar el derecho de los ciudadanos a ser atendidos en catalán por parte de las empresas y evita la invasión de competencias propias de la Generalitat”, añaden desde las filas juntaires. ¿A qué empresas afectará la nueva ley? Junts destaca que tendrá incidencia en compañías eléctricas y de suministro de gas o de agua, en compañías telefónicas, aeronáuticas, ferroviarias y de transporte por bus, en servicios postales y de comunicación audiovisual de pago (plataformas), en entidades bancarias y servicios financieros, en empresas de seguros y en empresas que presten servicios públicos.

De entrada, las enmiendas estipulan la “formación obligatoria en catalán para los trabajadores de los servicios de atención a la clientela” a fin de que “puedan atender a los clientes con garantías”. Asimismo, introduce la “sustitución de la obligación de responder como mínimo en castellano por la de hacerlo con la lengua oficial con la que se haya dirigido el cliente a la empresa”. Finalmente, las comunicaciones escritas y verbales de la empresa con el cliente también “se adaptarán a la lengua escogida por este al iniciar el contacto”. Las enmiendas, con la firma de Junts, se registraron el 9 de abril y el acuerdo con Sumar (según indican desde Junts) fue el 3 de marzo.

Ahora bien, fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 son cautas. “La ley está ahora mismo en tramitación parlamentaria, se han registrado 234 enmiendas”, recuerdan desde el entorno de Pablo Bustinduy. “Es, por tanto, una ley que aún está en negociación en el Congreso”, subrayan. “Entre otros objetivos, esta ley va a servir para ampliar los derechos de los consumidores, garantizando, por ejemplo, que seas atendido por una persona y no una máquina. En los territorios con lenguas cooficiales, se va a ofrecer la posibilidad de reclamar en esas lenguas ante grandes empresas que ofrezcan productos y servicios en esos territorios”, añaden las mismas voces. Y no aclaran si ha habido una negociación y acuerdo con Junts.

¿Qué dicen concretamente las enmiendas?

Exactamente, son cinco enmiendas relativas al catalán y una enmienda sobre las competencias de Catalunya. En relación con el régimen lingüístico, se modifican tres artículos:

  • En el artículo 9, se introduce que el personal que preste atención personalizada a la clientela y quien diseñe y gestione los medios automatizados que se puedan utilizar deberá contar con una “formación específica previa en idiomas cooficiales” y que la empresa tendrá que asegurar que los servicios de atención a la clientela estén “dotados de los medios humanos, materiales, técnicos y organizativos adecuados para garantizar los derechos lingüísticos”.
  • En el artículo 13, se prevé que la respuesta a las consultas, quejas, reclamaciones o incidencias “deberá hacerse en la misma lengua” en la que se hayan presentado. La norma ya estipulaba que se podrán presentar en “cualquiera de las lenguas cooficiales cuando el servicio de atención a la clientela esté dirigido a clientela situada en comunidades autónomas que dispongan de lenguas cooficiales”.
  • En el artículo 29 septies, se establece que las notificaciones relativas a las quejas o reclamaciones se harán en la “misma lengua en la que se haya presentado la queja y reclamación por parte del cliente”.

Finalmente, se añade una nueva disposición adicional para estipular que la ley se aplicará en Catalunya en lo que “no se oponga al régimen competencial” del Estatut y prevé que, cuando haya órganos de diversas administraciones competentes en su aplicación, se establecerán “mecanismos de colaboración con carácter previo a la aplicación de la norma en el ámbito sancionador”.

¿Cuáles serán los próximos pasos?

El próximo paso será la aprobación del informe de la ponencia. Estaba previsto que la reunión se celebrara esta mañana, pero finalmente se desconvocó y habrá que encontrar una nueva fecha. Allí habrá la primera oportunidad para que las enmiendas acordadas entre Junts y el PSOE puedan incluirse en el texto de la ley si reciben el apoyo de la mayoría. A continuación, la norma tendrá que pasar por la Comisión de Derechos Sociales y Consumo, que tendrá que aprobar el dictamen y tendrá la oportunidad de introducir otras modificaciones. Finalmente, el pleno del Congreso aprobará el texto y lo remitirá al Senado. Cuando la Cámara Alta lo haya tramitado, la norma volverá al Congreso, que lo tendrá que enviar al Boletín Oficial del Estado para que entre en vigor.