La titular del juzgado número 3 de Badajoz, Beatriz Biedma, ha confirmado en un auto fechado del pasado sábado, 9 de agosto, que no procede la retirada del pasaporte a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, como ya comunicó la semana pasada en un auto. La resolución de este lunes llega en respuesta a un recurso de reforma que presentaron las acusaciones populares, lideradas por Manos Limpias y que integran también la asociación Hazte Oír, así como Abogados Cristianos, Liberum, Iustitia Europa, y los partidos políticos Vox y PP. Las acusaciones pidieron a Beatriz Biedma que se replanteara su decisión al considerar que existía un riesgo de fuga por el posible viaje de David Sánchez a Japón, donde residen su mujer y su hija. La jueza de Badajoz asegura que si el acusado hubiera tenido previsto "fugarse" de la acción de la justicia, ya lo podría haber hecho.
En su auto, firmado el 9 de agosto, la jueza da por "comprobada" la disposición de Sánchez a comparecer ante este juzgado "cada vez que ha sido citado para eso" y para eso, su "vinculación" con el extranjero "de momento no ha sido obstáculo" para la acción de la justicia en su caso. De esta manera, Biedma ratifica su resolución del pasado 28 de julio en la cual rechazaba la petición de las acusaciones populares de retirar el pasaporte a Sánchez a raíz de conocerse que había conseguido un visado con el fin de viajar a Japón durante este año. Las acusaciones interpusieron un recurso contra esta decisión, ahora desestimado por la jueza. En este auto, la titular del juzgado de instrucción sí que pedía a Sánchez que informara si había cambiado o pensaba cambiar de residencia. Un requerimiento en el cual la defensa contestó que, a efectos de notificaciones o de cualquier otra incidencia procesal, se mantenía el domicilio que constaba en el procedimiento, situado en la localidad fronteriza de Elvas, a 20 kilómetros de Badajoz, y que "no tiene previsto variarlo" para vivir en Japón, como argumentó la acusación popular para pedir que se le retirara el pasaporte.
Si hubiera querido "fugarse", ya lo habría hecho
"En ningún momento se ha solicitado medida cautelar que comporte la limitación de su derecho fundamental a la libertad deambulatoria, que en todo caso tiene que tener carácter excepcional", ha expuesto ahora a la jueza. A su juicio, "menos todavía procede" la adopción de esta medida cautelar cuando se ha comunicado "oficialmente" al juzgado, por su representación procesal y después de ser requerido para eso, "que el investigado "no ha cambiado de domicilio", que no tiene previsto variarlo y que si fuera así se pondría en inmediato conocimiento del juzgado o Tribunal que conozca de la causa", recoge la resolución.
Asimismo, la magistrada recuerda que a finales de mayo le fue notificado personalmente a Sánchez por el Juzgado de Badajoz el acta de apertura de juicio oral, "siendo muy significativo lo anterior, pues, no trabajando ya en esta localidad, si tuviera previsto "fugarse" de la acción de la justicia, podría haberlo hecho ya desde este momento, cuando sus circunstancias personales serían similares a las presentes". La defensa de David Sánchez impugnó el pasado 7 de agosto el recurso de las acusaciones populares contra la decisión de la jueza de no retirarle el pasaporte, diciendo que interpretaban de forma "absolutamente subjetiva y libérrima" las afirmaciones de la defensa, que comunicaba a la jueza que Sánchez no había cambiado su residencia de Elvas, lo cual fue dado por bueno por la jueza y lo cual, por lo tanto, decidió no retirar el pasaporte a David Sánchez.