La consellera de Ensenyament Irene Rigau fue condenada a una pena de inhabilitación el año 2017 a raíz del juicio por la consulta del 1-O, pero no se le retiraron las credencial como diputada. De hecho, continuó en su escaño hasta que la aplicación del artículo 155, el 27 de octubre del 2017, disolvió el Parlament. La pena de inhabilitación no se ejecutó hasta el año 2019, una vez agotados los recursos a instancias superiores y con la sentencia ya firme.

La razón es que el reglamento del Parlament especifica, en el artículo 24, que para que un diputado pierda la condición de miembro del hemiciclo a causa de una condena de inhabilitación es necesario que sea a través de una "sentencia judicial firme".

En el caso de Torra, la sentencia dictada por el TSJC no es firme porque está recurrida ante el Tribunal Supremo y, a pesar de todo, la JEC ha decidido ejecutar la inhabilitación en el Parlament.

De hecho, la Junta Electoral ha quedado dividida por esta cuestión, dado que siete miembros han votado a favor de la inhabilitación pero 6 lo han hecho en contra por considerar que este órgano no es competente para adoptar esta resolución. Previamente fue la Junta Electoral Provincial quien ya había rechazado el cese de Torra, argumentando que la sentencia no era firme y que no hay precedentes de aplicación a un presidente de la Ley Electoral en el sentido que han reclamado PP, Cs i Vox.

Inhabilitación como diputado

Por otra parte, tal como se ha querido subrayar desde el palau de la Generalitat, la JEC sólo ha dejado sin efecto la credencial de Torra como diputado.

De nuevo, en el caso del cargo de president, la Ley de la Presidencia de la Generalitat y del Govern deja claro que el cese a causa de una sentencia judicial se tiene que producir "por condena penal firme que comporte la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos".

Cuestión aparte, es si la pérdida de la condición de diputado puede hacer perder a Torra la condición de presidente. El Estatut exige que para ser nombrado president de la Generalitat hay que ser diputado del Parlament. No obstant, no dice nada sobre la necesidad de mantener el acta una vez ha sido nombrado. Este es uno otros de los argumentos que se ha esgrimido desde el Govern y que figuran en las alegaciones de Torra ante la JEC. Todo apunta que será el Parlament quien finalmente se tenga que pronunciar sobre esta cuestión si prospera la inhabilitació com a diputat.