Las papeletas en blanco enviadas por la Generalitat en el sobre que ha hecho llegar a todos los domicilios por las elecciones al Parlament de Catalunya, no son válidas para votar en blanco y serán consideradas como nulas en los resultados de las elecciones. Así lo recuerda la Junta Electoral Central: "Esta Junta ya ha reiterado en diferentes ocasiones que el voto en blanco se expresa de manera prevista en el artículo 96.5 de la LOREG, el cual considera como tal el sobre que no contenga papeleta. No se prevé la confección de papeletas en blanco. Se considera voto en blanco, pero válido, el sobre que no contenga papeleta", alegando la Ley Orgánica de Régimen Electoral.

Si leemos la definición que da a la Generalitat de esta opción de voto es la siguiente: "Votos emitidos en sobres sin papeleta. En las elecciones al Senado, son votos en blanco las papeletas que no tengan indicaciones a favor de ningún candidato/a. También son votos en blanco los emitidos a favor de candidaturas retiradas a lo largo del proceso. Los votos en blanco forman parte del conjunto de votos válidos (lo cual es relevante para el cálculo de porcentajes)". Así pues, ¿de dónde deriva la confusión? Del envío que ha hecho la Generalitat de Catalunya por correo postal, ya que ha adjuntado papeletas que estaban en blanco.

Peña-López explica la confusión

El director de Processos Electorals, Ismael Peña-López, ha explicado que lo que recibió la ciudadanía "no eran papeletas en blanco, eran restos de guillotinar papeletas, que no se sacaron en la manipulación y quedaron dentro del sobre".

También ha subrayado que avisaron de que se contaran como voto en blanco cuando se dieron cuenta, pero "la JEC ha dicho que no". A pesar de todo, tan sólo cree que pueda afectar "a unas decenas de votos. Difícilmente cambiarán nada. La diferencia del voto nulo con el blanco es que el blanco hace más difícil obtener el primer escaño".

Un voto en blanco no es un voto nulo

El voto en blanco es un voto válido, de manera que cuenta a la hora de calcular el 3% de votos que necesitan las candidaturas para que se les aplique la ley D'Hondt. De esta manera, el voto en blanco dificulta la entrada de aquellos partidos, todavía sin representación en el Parlament, y que puedan irrumpir en número de escaños. Con respecto al voto nulo, puede ser una papeleta adjuntada en blanco o cualquier otro formato y una papeleta oficial pero estropeada por una pintada. Estos no se consideran votos válidos y no se suman en el porcentaje de este 3%.

La definición que recoge la Gencat del voto nulo es la siguiente: "Votos emitidos en sobres o papeletas diferentes del modelo oficial, en papeleta sin sobre, en sobre que tenga más de una papeleta (si son de diferentes candidaturas) o en papeletas en las cuales se haya modificado, añadido o tachado nombres de los candidatos incluidos. En las elecciones al Senado, son nulas las papeletas donde se hayan señalado más de tres nombres".

¿Se aplaza el cierre de colegios?

Por otra parte, la Junta Electoral se ha reunido este mediodía para decidir si alarga el horario en los colegios electorales donde la votación para las elecciones al Parlament de Catalunya ha empezado más tarde. Por ley, la constitución de mesas y la apertura de los colegios se puede alargar hasta las 10 h. Normalmente son casos puntuales, pero hoy a las 9 h, sólo han podido abrir con normalidad la mitad de los colegios. El resto estaban todavía constituyendo las mesas con los suplentes y pasando todos los protocolos Covid-19. A las 10 h, sin embargo, han podido abrir el 97% de los colegios, el mismo dato que en las elecciones del 2017.