Todo hace prever que la noticia del verano, esa que estalla justo antes de las vacaciones en pleno mes de julio cuando el calor ya aprieta, será la concesión de los indultos a los condenados por el procés independentista. A diferencia de otros veranos y otras informaciones, esta será una noticia anunciada. Largamente anunciada y polémica antes de que haya pasado, de hecho.

Todo depende ahora, sólo, del Ejecutivo de Pedro Sánchez. Una vez cerrado el proceso judicial y acabadas todas las formalidades con el poder judicial, la decisión es política. Como la medida de gracia. Una medida estrictamente política que nada tiene que ver con la ley, ni los criterios de jueces, magistrados, fiscales y abogados.

Por las declaraciones de los últimos dias, a pesar de algunas presiones, tanto externas como internas del PSOE, parece que Pedro Sánchez está decidido a seguir adelante y pulsar el botón del indulto como primera medida para poner las cosas en su sitio con Catalunya. Para hablar, para activar el diálogo, es necesario hacerlo sin presos políticos. Y esta es la vía que parece que encauza ahora el Gobierno. El Rey firmará lo que le lleve Sánchez, porque la firma de Felipe VI es otra formalidad.

Sin embargo, ¿cómo serán los indultos? ¿Y los puede tumbar el Tribunal Supremo?

Estas son algunas de las claves para entender el proceso de los indultos.

Indultos individuales

El ejecutivo español tiene que emitir un informe para cada uno de los condenados. Afectan a los 12 condenados, no solo a los presos políticos. Aunque, en función de la condena y la pena, el indulto también tiene una resolución diferente.

Al contrario de lo que han dicho algunas voces, no hace falta mostrar arrepentimiento ni pedir perdón para obtener el indulto. De hecho, la ley de indultos no lo prevé.

El Gobierno tiene que hacer un informe por cada uno de los condenados con criterios de justicia, equidad y utilidad social. Estos argumentos son claves para justificar la concesión de la medida de gracia y para evitar su derogación en caso de un recurso.

El Gobierno trabaja con la amenaza del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. Se podría repetir el caso Otegi, si una vez acabado el proceso judicial europeo, el alto tribunal considera que España ha vulnerado los derechos fundamentales de los condenados y procesados en el caso del procés independentista. El poder judicial ya ha acabado su vía y el TEDH lo podría enmendar, pero el gobierno de Pedro Sánchez podría corregir ante Europa el posicionamiento político con los indultos.

Quién puede recurrir

En dos ocasiones se ha recurrido un indulto. Y en una de ellas se ha revocado. Sólo puede recurrir un indulto quien tiene interés legítimo en el proceso. En un caso de asesinato, violación, atentado, robo, estafa... quien tiene interés legítimo en el proceso es la víctima.

En el caso del procés, quien tiene directamente interés legítimo es la Abogacía del Estado, que representa al Gobierno y que en su informe no se mojó, pero dejó la puerta abierta a aplicar la medida de gracia. La Abogacía del Estado, en el informe preceptivo donde informa de su valoración sobre la idoneidad o no de conceder el indulto a los presos políticos, evita posicionarse a favor o en contra. Pero sí que se refiere al delito de malversación, el delito por el cual mantuvo únicamente la acusación contra buena parte del Govern de Catalunya en el juicio en el Tribunal Supremo. Y en este sentido, como el daño ya ha sido reparado, sí que abre la puerta a que los presos políticos puedan ser indultados. Por lo tanto, no se prevé que recurra en contra.

Ningún partido político es víctima de este proceso. Por eso, la presentación del recurso anunciado por el PP es difícilmente justificable.

Sobre los informes hechos hasta ahora por la Fiscalía y el Tribunal Supremo, que se muestran contrarios al indulto, los informes de los organismos judiciales son preceptivos pero no vinculantes, según la ley del indulto. Por lo tanto, el Gobierno no tiene por qué tenerlos en cuenta.

Pero los indultos serán retroactivos. El Gobierno se reserva la opción de revocarlos si detectan una posible reiteración del delito. La ley de indultos no permite aplicar la medida de gracia a los reincidentes.

Qué pasa con Vox

Vox formó parte de la acusación popular en el juicio del procés. Pero no es parte perjudicada por los condenados.

Y de hecho, el Tribunal Supremo les paró los pies a la hora de posicionarse con respecto a los indultos. A principios de año, Vox presentó su informe, pero el TS no lo aceptó, porque sólo intervienen en el proceso de los indultos la parte perjudicada y los interesados. Por lo tanto: tribunal sentenciador, Abogacía del Estado y condenados.

La ley de indulto, así pues, no prevé ningún informe de la acusación popular, de modo que el alto tribunal rechazó por improcedente el dictamen que fue remitido por Vox sin que el Supremo se lo reclamara.

El tribunal dictó una providencia en la cual recuerda que esta normativa limita la petición de informe al ministerio fiscal y a la parte perjudicada por el delito, en este caso la Abogacía del Estado, que fue acusación particular. Y eso marca el criterio del tribunal con respecto a Vox y con respecto a la parte perjudicada.

Indultos parciales

Los indultos tendrán que ser parciales, porque los presos políticos ya han cumplido parte de la pena. Más de un tercio algunos de ellos. Los que no están en la prisión ya han pagado la sanción económica.

Por lo tanto, en el momento que se conceda el indulto, quedará parada automáticamente la condena en el punto en el que se encuentra. Los presos políticos saldrán de la prisión. Habrán cumplido 4 años entre rejas desde que el 2 de noviembre del 2017 se les citó a declarar en la Audiencia Nacional. Aquel día, Oriol Junqueras y Joaquim Forn entraron en la prisión para no salir. El resto quedaron en libertad provisional dos meses, pero a principios del 2018 volvieron a entrar en la prisión y ya no han salido.

La inhabilitación

La inhabilitación es la gran pregunta y el gran caballo de batalla. Una vez aceptado el indulto, los presos políticos serán libres, pero no tendrán derecho a ejercer políticamente como lo habían hecho hasta octubre del 2017. Si los indultos no incluyen la inhabilitación, los presos políticos no se podrán presentar a elecciones ni ostentar cargos públicos hasta que acabe la condena que dictó la sentencia del 14 de octubre del 2019 del Tribunal Supremo.

Pero los indultos son individuales, y en cada uno de ellos habrá el detalle de cómo afectan en concreto al estado de cada acusado. No se prevé que el Gobierno indulte a los presos políticos por la parte de inhabilitación.

Con respecto a los condenados que no están en la prisión, Carles Mundó, Meritxell Borràs y Santi Vila, el indulto podría afectar justamente a la inhabilitación. La sanción está pagada y no están entre rejas. ¿De qué manera más se podría indultar a los tres exconsellers? El Gobierno les podría levantar la inhabilitación, al menos por unos años.

Cómo afecta a los exiliados

De ninguna manera.

Para que el Gobierno pueda conceder el indulto, los procesados tienen que estar bajo la jurisdicción de la justicia española.

Carles Puigdemont, Toni Comín, Clara Ponsatí, Lluís Puig, Marta Rovira y Anna Gabriel están ahora en manos de los tribunales de Bruselas y Suiza. Sin extradición ni proceso judicial en España, su proceso queda al margen de los indultos, que tendrá que pasar por otra solución política.

Meritxell Serret volvió en el punto justo. Como se puso a disposición del Tribunal Supremo para sentarse en el banquillo de los acusados y se inició el proceso judicial, Serret podrá entrar en el trámite de los indultos cuando toque. Una vez se conozca la condena.