La Audiencia de Barcelona ha ordenado interrogar como investigados a tres guardias civiles acusados de un delito de detención ilegal por haber retenido, esposado, a un joven de Fonollosa (Bages) que se resistía a los agentes que fueron a impedir el referéndum el 1-O en la población.

En un auto, la sección quinta de la Audiencia de Barcelona revoca la decisión del juzgado de instrucción de Manresa (Bages) que denegó las declaraciones y le ordena interrogar a los tres guardias civiles como investigados por un delito de detención ilegal.

La investigación deriva de la denuncia presentada por el joven, que relató haber sido esposado y apartado a un lado, mientras los guardias civiles intervenían para impedir la votación en la sede del Ayuntamiento, y posteriormente liberado "sin haber sido informado de los motivos de una posible detención", sostiene el auto.

Según mantiene la Audiencia de Barcelona, que ha visionado los vídeos aportados por el denunciante sobre lo sucedido, el joven "se abalanzó" sobre un grupo de agentes que estaban reduciendo a otra persona, cosa que según la opinión del tribunal "podría llegar a justificar, inicialmente, una detención".

No obstante, el tribunal precisa que se desconoce si el hecho de que el joven fuera apartado a un lateral de la plaza y custodiado por los agentes "fue consecuencia de la presunta perpetración de un delito o en todo caso de una mera retención, cuya justificación pudiera resultar cuestionable", especialmente teniendo en cuenta "el lapso temporal en que estuvo en la mencionada situación".

Para la sala, ante estas circunstancias, resulta "idónea" la declaración de los agentes, "que podrán ofrecer la información adicional que se necesita para la aclaración de los hechos".

Descartan que la actuación fuera "desproporcionada"

La Audiencia, por el contrario, ha rechazado el resto de diligencias que proponían los denunciantes para que se investigara a los agentes que intervinieron para impedir el 1-O en Fonollosa por los delitos de lesiones, contra la inviolabilidad domiciliaria y contra los derechos de las personas, entre otros.

El motivo es que la sala descarta que la actuación de la Guardia Civil en este municipio fuera "desproporcionada" o "dirigida a menoscabar, intencionadamente, la integridad física de los denunciantes", ya que los agentes no usaron su defensa en ningún momento y se limitaron a "retirar a las personas que impedían el acceso al Ayuntamiento".

Según el tribunal, la mayoría de personas concentradas "fueron apartadas, sin mostrar especial resistencia", y algunas de las que mostraron más oposición "tuvieron que ser arrastradas de pies y manos", en una intervención que, añade el auto, se saldó con lesiones leves en tres de los congregados.

Para la Audiencia, ninguna de las imágenes de las grabaciones sobre la intervención policial "refleja un exceso policial, susceptible de imputación", dado que la mayoría de guardias civiles que intervinieron se limitaron a formar cordones policiales para impedir el acceso a las urnas.

El tribunal descarta también que los hechos sean investigados por un delito contra la inviolabilidad domiciliaria, porque existía una "resolución judicial habilitante", el auto del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que ordenaba a los agentes de la autoridad "intervenir todo el material relacionado con el referéndum no autorizado y que era objeto de investigación penal".