El president de la Generalitat, Pere Aragonès, ha convocado para el próximo lunes una reunión extraordinaria del Consell Executiu para analizar el informe de los expertos sobre el acuerdo de claridad. El informe se ha dado a conocer este miércoles y contempla cinco fórmulas de referéndum, todas ellas acordadas con el Estado y tres de las cuales con participación de los ciudadanos de todo el territorio español. Junto a estas cinco fórmulas también aborda dos posibles vías alternativas, a partir de acuerdos políticos entre instituciones representativas. 

La propuesta de un acuerdo de claridad, inspirado en la experiencia del Quebec, fue planteada por Pere Aragonès en el debate de política general del año pasado. La idea no tuvo una especial acogida y no ha conseguido superar ni una votación del Parlament. Esto no desanimó al president, que el pasado mes de abril encargó a un consejo de académicos, coordinado por el politicòleg Marc Sanjaume-Calvet, la elaboración de un informe que tendrá que servir de base para diseñar su propuesta. El informe, de 64 páginas, fue entregado el lunes al president.

Cinco fórmulas

El informe, que ha adelantado ElPeriódico, prioriza la vía pactada con el Estado, aunque admite que la falta de voluntad política lo ha hecho hasta ahora inviable, y plantea cinco fórmulas para un referéndum. En primer lugar habla de un referéndum en que se propondría consultar a la ciudadanía "sobre la conveniencia de que el Parlament de Catalunya iniciara un proceso de reforma constitucional que podría prever la independencia y/o una nueva acomodación en el sí del Estado". En caso de prosperar la reforma constitucional requeriría ser ratificada en referéndum por la ciudadanía de todo el Estado.

La segunda opción es un referéndum para consultar a la ciudadanía de Catalunya sobre "un acuerdo político previamente alcanzado sobre la independencia o una nueva acomodación en el sí del Estado y que, por ejemplo, se podría hacer en el marco de una reforma del Estatuto de Autonomía de Catalunya".

En el conjunto del Estado

El tercer escenario plantea un "referéndum de inicio en el conjunto del Estado", en el que se optaría por consultar a la ciudadanía española si estaría de acuerdo en autorizar una consulta en Catalunya sobre la independencia y/o una nueva acomodación en el sí del Estado. Esta opción "permitiría analizar los resultados de manera simultánea en Catalunya y en el resto del Estado", pero podría comportar un "choque de voluntad democrática difícil de resolver" en caso de que hubiera un resultado favorable a Catalunya y contrario al resto del Estado.

La cuarta opción es un "referéndum ratificado en el conjunto del Estado", en que toda la ciudadanía española tendría que votar los términos de la independencia y/o una nueva acomodación en el sí del Estado acordados por representantes políticos.

La quinta es un "referéndum en el territorio subestatal y el conjunto del Estado", un referéndum doble para "captar las preferencias de ambas ciudadanías" sobre un escenario "específico de acomodación con cuestiones diferenciadas". El texto no esconde que, como en el caso de la tercera posibilidad, "podría atizar todavía más el choque entre mayorías estatales y minorías territoriales".

El texto deja claro que el demos catalán y el demos español "tienen que poder participar de alguna manera", aunque esta participación "puede ser razonablemente asimétrica" para "evitar" lo que denomina "problema de las minorías persistentes", es decir, la sensación de una parte de la ciudadanía de que su anhelo político no obtendría nunca respuesta.

Aceptar los resultados

El informe deja claro que, más allá del carácter jurídicamente vinculante o no que pueda tener un referéndum, haría falta "consenso con respecto a la aceptación de los resultados" y sobre los efectos políticos que pueda tener. "Los resultados tienen que ser respetados por instituciones y actores políticos, con independencia de cuáles sean, y el acuerdo tiene que permitir a la ciudadanía conocer por adelantado cuáles son los pasos subsiguientes en la gestión de los mismos".

El informe también subraya que los referéndums "no son la única vía posible" en la gestión de un conflicto político territorial y plantea "mecanismos análogos que pueden ser alternativos" y que también "podrían contribuir a la resolución del conflicto".

Vías alternativas

En concreto se plantean dos alternativas. La primera sería "un acuerdo político entre instituciones representativas" con participación de parlamentos y gobiernos y protagonismo de los partidos políticos. En este sentido el texto recuerda que "en algunos casos comparados de conflictos territoriales las decisiones de secesión o no secesión se han tomado únicamente por acuerdo político de instituciones representativas".

La segunda alternativa "también involucra la participación de instituciones representativas, especialmente del Parlament de Catalunya, y consistiría en la celebración de unas elecciones que fueran consideradas como plebiscitarias por todos los actores relevantes".

Actores

Por lo que respecta a los actores que tendrían que tomar la iniciativa para implementar las soluciones. El análisis distingue entre actores primarios, que tendrían que tener un papel principal en la propuesta, negociación o implementación de un acuerdo de claridad, y actores secundarios. Como actores primarios señala los gobierno catalán y español, los parlamentos de los dos territorios, y la ciudadanía catalana y española, la participación de la cual "sería deseable para que un acuerdo disfrute de la máxima legitimidad posible".

Entre los actores secundarios señala los entes locales, los entes supraestatales -organizaciones internacionales que podrían operar como mediadoras con el fin de llegar a un acuerdo y también como observadoras del cumplimiento-, personas e instituciones mediadoras u otras comunidades autónomas.

TC y referéndum acordado

Igualmente se considera como actores secundarios a los tribunales y el Tribunal Constitucional, que considera "clave" para la viabilidad de un acuerdo de claridad. En este punto recuerda que la jurisprudencia del TC contraria a referéndums de soberanía o secesión "ha surgido contra propuestas o acciones unilaterales", primero en el País Vasco y después en Catalunya. El informe concluye que el TC podría revisar la jurisprudencia o callar ante un referéndum acordado.

El informe aborda la viabilidad legal de un referéndum sobre las preferencias de Catalunya con relación a su estatus político, que llama referéndum de inicio, y que es uno de los hechos que genera más controversia jurídica dentro del marco español". La Constitución prevé referéndums consultivos "sobre cuestiones de relevancia política" y el encaje jurídico del hipotético sobre Catalunya "ha sido defendido por parte de la doctrina" en caso de que fuera "de carácter acordado y se pudiera celebrar conforme a los procedimientos jurídicamente establecidos".

El informe recuerda que en la "controversia" sobre su legalidad se ha utilizado el argumento que la Constitución "no puede amparar la celebración de referéndums que tuvieran por objeto una eventual secesión de un territorio del estado". Y añade como "muy relevante" el hecho de que el Tribunal Constitucional "ha impuesto algunos límites adicionales a esta posibilidad".

Por lo que respecta a los referéndums de ratificación, "están previstos por la legislación en determinados supuestos tasados" como la reforma de la Constitución o de los estatutos de autonomía, "y no tendría que suponer ningún problema jurídico para ser celebrados dentro de este supuestos".