El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se pronunciará este martes sobre las demandas interpuestas en el 2015 por Arnaldo Otegi y cuatro solicitantes más que argumentan que su derecho a un juicio justo fue vulnerado en España.

El tribunal tendrá que determinar si se violó o no el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el "Derecho a un proceso equitativo" cuando se los juzgó y envió a la prisión por el caso 'Bateragune'. Los cinco demandantes alegan que los magistrados de la Audiencia Nacional que les juzgaron no fueron imparciales en su juicio. Actualmente, los condenados han cumplido las penas y se encuentran en libertad. Uno de los principales interrogantes es si una sentencia favorable de Estrasburgo tendrá implicaciones en la actual inhabilitación de Otegi.

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'Bateragune', en vasco 'punto de encuentro', es el nombre con que se conoce el proceso judicial contra varios miembros de la izquierda abertzale -entre los cuales los demandantes Arnaldo Otegi, Sonia Jacinto, Rafa Díez, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez- por "integración en organización terrorista" bajo la acusación de intentar reconstruir Batasuna para formar una alianza independentista siguiendo órdenes de ETA.

Recusación en diferentes instancias del Estado

Entre los jueces que los condenaron está Ángela Murillo, la misma jueza que en un proceso anterior, en el 2010, había condenado Otegi por su participación en un homenaje a un etarra. Durante aquel juicio, una vez finalizada su declaración, la magistrada preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo de ETA. Ante su negativa a contestar, ella aseguró: "Ya sabía yo que no me respondería a esta pregunta".

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La jueza Ángela Murillo | Europa Press

Fue entonces cuando Otegi recurrió al Tribunal Supremo (TS) y este le dio la razón, sosteniendo que las declaraciones de Murillo demostraban posibles prejuicios. De esta manera, el Supremo anuló la sentencia de la Audiencia Nacional y ordenó un nuevo juicio con un tribunal diferente. Otegi fue absuelto finalmente en julio del 2011.

Después de esta victoria judicial, Otegi intentó, mediante una recusación, que se apartara del caso Bateragune a Murillo y los otros dos magistrados que lo condenaron en el juicio anterior, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel. No obstante, una sala especial de la Audiencia Nacional rechazó la recusación y Murillo, Palacios y Martes declararon culpables Otegi y el resto de demandantes, que han cumplido las penas de prisión correspondientes y han intentado sin éxito apelar a diferentes instancias del Estado, hasta llegar a Estrasburgo.

Consecuencias sobre la inhabilitación

Uno de los interrogantes que plantea la sentencia de este martes es si, en caso de ser favorable, puede afectar o no la inhabilitación que pesa sobre Otegi y que impidió que se presentara como lehendakari con EH Bildu en las últimas elecciones autonómicas en Euskadi.

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EFE

Recursos al Supremo y al Constitucional

Aunque en mayo del 2012 el TS confirmó parcialmente la apelación de Otegi, también determinó que la falta de imparcialidad de Murillo en el proceso de Otegi en el 2010 no significaba que ella o los otros jueces también hubieran actuado de forma sesgada en el caso Bateragune que condenó a los cinco solicitantes.

Delante de eso, algunos de los demandantes presentaron recursos de amparo al Tribunal Constitucional, que en un auto de 7 en 5 en el 2014 rechazó sus peticiones sobre la supuesta falta de imparcialidad de la jueza que había presidido el primer caso y se encontraba entre los magistrados del segundo.

Con todo, cinco jueces disconformes opinaron que el comportamiento de Murillo en procesos anteriores eran un indicio claro de prejuicio respecto de la culpabilidad de Otegi, hecho que cuestionaba su grado de imparcialidad en el proceso contra todos los demandantes.