El Pleno del Tribunal Constitucional ha inadmitido por unanimidad el recurso de amparo presentado por Toni Comín contra diferentes actuaciones de los magistrados del Tribunal Supremo Pablo Llarena. En concreto, Comín recurrió su procesamiento donde se le acusaba de rebelión y malversación de fondos públicos y se abría contra suyo un juicio igual, como el resto de los miembros del Govern de la Generalitat que en aquel momento estaban en prisión preventiva.

El auto de Llarena es del 21 de de marzo de 2018 y del 19 de marzo de 2019. Además, Comín también recurrió las actuaciones de 21 de junio y 19 de septiembre de 2019 de la Sala de Apelación de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo donde se ratificaban las decisiones de Pablo Llarena, dictados en la Causa Especial 20907/17, la causa del procés.

El Pleno ha decidido no admitirlo a trámite "por no haber concluido el proceso abierto a la vía judicial". El TC considera que la demanda incurre en el obstáculo procesal de prematuridad, ya que el proceso todavía no ha concluido y resulta prematura la invocación de lesiones que podrían ser examinadas ulteriormente en el curso del proceso.

 

 

El Tribunal Supremo declaró a Toni Comín en rebeldía porque se marchó en el exilio, en Bruselas, donde todavía ahora continúa. En el auto de procesamiento Llarena afirmaba que Comín, junto con Dolors Bassa "asumieron el control de los locales dependientes de sus respectivas conselleries para el referéndum y aseguró el éxito. Permitieron que sus departamentos se hicieran cargo parcialmente del gasto de papeletas, censo y citaciones a los componentes de las mesas electorales".

En su resolución del 2019 el Tribunal Supremo, donde daba la razón a Pablo Llarena, afirmaba que en la causa existen indicios relevantes que los máximos dirigentes del procés "planificaron, organizaron e implementaron la ejecución del referéndum, con conocimiento de los elevados riesgos de actos de violencia que comportaba, en lo que tiene que sumarse que no sólo no lo suspendieron cuando se las recordó sus probables consecuencias, sino que el día de los hechos estaban en el espacio territorial catalán donde se estaba celebrando, es decir, en lo que se podía considerar el escenario de la fase de ejecución de la conducta ilícita e inconstitucional que habían proyectado y organizado".

En relación con la rebelión, la Sala señalaba que el tribunal de Schleswig-Holstein (Alemania) -que rechazó entregar a Carles Puigdemont- examinó "con cierta ligereza y superficialidad" la violencia durante el referéndum.