El Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad ha desestimado el recurso de amparo interpuesto por Carles Mundó contra la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de 14 de octubre de 2019, que lo condenó por un delito de desobediencia a la pena de multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros.

La sentencia, de la cual ha estado poniendo el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, señala que Mundó, que formaba parte de la Generalitat de Catalunya cuando se aprobó la convocatoria del referéndum de autodeterminación del 1-O, "tenía conocimiento de las decisiones del Tribunal Constitucional que había declarado inconstitucionales y nulas las resoluciones del Parlamento de Catalunya que instaban a la Generalitat a aprobar cualquier pretensión unilateral a favor de un procés constituyente".

Es el único detalle de la sentencia que ha avanzado el Tribunal Constitucional después del pleno de hoy donde se ha visto, debatido y votado el recurso del ex ex conseller de Justicia. El tribunal detalla que "en la deliberación de la sentencia no ha intervenido al magistrado Antonio Narváez por haberse abstenido". Los próximos días se notificará la sentencia.

Una vez resuelto el recurso de Carles Mundó, se abre la vía de Europa. Ahora ya si, el ex conseller puede presentar un recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que revise su caso. El paso por el Tribunal Constitucional es un paso previo, y necesario, antes de recurrir a Europa. Los abogados advirtieron que podían pasar hasta dos años. Que el TC podía atascar la vía europea hasta resolver los recursos de los presos políticos. Y así ha estado.

El recurso se admitió a trámite en mayo del 2020, prácticamente hace un año. Mundó hizo el trámite junto con el resto de presos políticos. No es el caso de Mundó, pero en el momento en que se presentaron los recursos, los presos políticos pidieron esperar la resolución fuera de la prisión, pero el TC desestimó esta opción.

Aunque Carles Mundó fue condenado por desobediencia, que no implica prisión, a diferencia de la mayor parte de Gobierno condenado por sedición, el Tribunal Supremo vio probado, y así lo reflejó en su sentencia, la organización entre todos los acusados. Y habla de un acuerdo que implicaba un reparto funcional entre sus protagonistas. "La Sra. Carme Forcadell Lluís era la presidenta del Parlamento; Sr. Oriol Junqueras y Vías, era en aquellas fechas vicepresidente y conseller de Economía y Hacienda; Sr. Raül Romeva y Rueda, conseller del Departamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia; Josep Rull y Andreu, conseller de Territorio y Sostenibilidad; Sra. Dolors Bassa, consellera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias; Sra. Meritxell Borràs y Solé, consellera de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda, y Sr. Carles Mundó y Blanch, conseller de Justicia".