El Síndic de Greuges, Rafael Ribó, ha criticado la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de anular el tercer grado a los presos políticos de Lledoners y ha asegurado que atenta contra el derecho penitenciario. En un comunicado, ha recordado que los siete presos son sujetos de derechos y ha remarcado que la clasificación en tercer grado es una manera de cumplimiento de la pena. Ribó también ha denunciado que se vincule el acceso a un determinado régimen penitenciario a someterse a un programa de reinserción que "tiene como finalidad inculcar determinadas ideas".

"Renunciar a la propia ideología se tiene que considerar una vulneración de la libertad ideológica", dice. En este sentido, apunta que las decisiones judiciales que ataquen su libertad ideológica o de pensamiento serán "una clara ofensa a los derechos más fundamentales".

El Síndico también ha recordado que el tercer grado es una manera de cumplir la pena. Así, ha querido contraargumentar la posición del juzgado que considera el tercer grado como un vaciado de la pena y ha recordado que los internos siguen sin tener libertad deambulatòria.

Por otra parte, Ribó también critica que el auto se queje de que la progresión de régimen penitenciario haya sido simultánea y homogénea en todos los presos y dice que se podría hacer la misma denuncia en el caso de la decisión del juzgado de vigilancia, que "toma exactamente la misma decisión para todos ellos a pesar de sus circunstancias individuales".

El tercer grado

El juez de vigilancia penitenciaria número 5 de Catalunya ha retirado de nuevo este martes el tercer grado a los presos políticos que cumplen condena en la prisión de Lledoners. De esta manera, Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart volverán a ingresar en la prisión.

"La progresión acordada en la resolución impugnada se tiene que entender como precipitada", dice la resolución judicial. El juez estima todos los argumentos de la Fiscalía durante un relato que gira en torno al hecho de que los presos políticos no reconocen el delito. "No entrevé en ellos un mínimo de asunción de responsabilidad penal en el sentido de haber roto normas básicas de convivencia", dice en este sentido.

Según el juez "no se puede acoger la asunción de hechos y responsabilidades que realiza el interno, pues, de acuerdo con lo que se infiere de los informes de la Junta que soportan la resolución". El magistrado hace el relato de la posición de los presos con respecto a su situación y concluye que ninguno de ellos asume el delito penal: "Todos los hechos que se asumen aparecen contextualizados, minimizados o justificados y la responsabilidad en la cual hacen referencia está referida a una responsabilidad de tipo político (en función de su cargo) o moral (en función de sus convicciones) pero no entrevé en ellos un mínimo de asunción de responsabilidad penal".