La Fiscalía no tiene claro si el veto que la Junta Electoral Central aplicó al presidente Carles Puigdemont al excluirlo de la lista de eurodiputados fue correcto. En un escrito enviado al Tribunal Supremo y con fecha de este lunes, muestra sus dudas respecto de la cuestión y da la razón al presidente y Toni Comín, que presentaron un recurso contra la decisión de la JEC.

El ministerio fiscal acepta que la sentencia del TJUE sobre la inmunidad de Oriol Junqueras representa un "salto cualitativo" respecto del planteamiento que se había hecho hasta ahora. Por eso, pide que se suspenda la resolución del recurso presentado por Puigdemont y Comín hasta que el TJUE resuelva el que tiene pendiente sobre la misma cuestión.

Aparte de esta opción, también propone otra alternativa: elevar una cuestión prejudicial directamente al TJUE para "aclarar si la exigencia de acatamiento de la Constitución (...) es compatible -y si es el caso, en qué condiciones o con qué requisitos y efectos- con el Derecho de la Unión".

Rechazados por no acatar presencialmente

En su recurso, Puigdemont y Comín acusaban a la Junta Electoral Central (JEC) de vulneración de los derechos fundamentales, por la decisión de impedir que asumieran su acta como diputados en el Parlamento Europeo. Concretamente, se oponían al acuerdo de la JEC del 20 de junio por el cual se rechazó la promesa de acatamiento de la Constitución por imperativo legal de Puigdemont y Comín de manera no presencial.

También recurrían el acuerdo de la JEC de la misma fecha en que se declararon vacantes sus escaños, junto con el de Junqueras, y se suspendieron las prerrogativas que les correspondían por su cargo, además de comunicar en el Parlamento Europeo que ninguno de ellos había llegado a adquirir la condición de eurodiputado.

¿Requisito o impedimento?

La fiscalía argumenta que, teniendo en cuenta la sentencia de Junqueras, se podría considerar la promesa de la Constitución como una "formalidad que condiciona la adquisición plena del cargo de eurodiputado", y que se tendría que aclarar si esta exigencia se considera dentro de "el marco de competencia del Estado español" o si, por el contrario, "podría resultar contraria al Derecho de la Unión, al no ajustarse al sistema de sufragio universal y directo".

El ministerio fiscal afirma en sus argumentos que "nada impediría interpretar" que en el caso de los electos españoles el hecho de tener inmunidad desde el día de la proclamación de los resultados les protegiera para poder acatar la Constitución "sin impedimentos", una "exigencia del derecho interno a la cual las autoridades nacionales no pueden poner ningún obstáculo".

Eso implicaría que el Estado tendría que permitir acceder a la promesa de la Constitución a todo el mundo, dejando salir a Junqueras de la prisión para recoger el acta y cumplir con los requisitos de la ley española. En este sentido, la fiscalía se pregunta "hasta qué punto la inmunidad podría resultar compatible con el riesgo de ser detenido e ingresado en la prisión".

Por eso, quiere que se pronuncie primero la justicia europea. En caso de que confirmara que acatar la Constitución no es un requisito sino un "impedimento" para acceder al cargo, el escrito acepta que la "mera proclamación de la condición de electo" otorgaría a Puigdemont "el derecho, sin necesidad de cumplir ninguna formalidad posterior, a tomar posesión del escaño en el Parlamento Europeo".