La ley del solo sí es sí, impulsada por el ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero, ha provocado este viernes el récord de casos de delitos sexuales rebajados, y ha llegado a la cifra de 22 revisiones a la baja de sentencias firmes. Es la cifra más alta desde que el 7 de octubre entró en vigor la nueva normativa. Según informa El Mundo, esta cifra es solo de los casos que han trascendido, y podría haber más. Tampoco incluye las nuevas sentencias que se aplican de acuerdo con la nueva ley.

La mitad de las revisiones son de la Audiencia de Córdoba, y el resto han sido en Pontevedra, Zamora, Las Palmas y Álava, hasta un total de siete audiencias provinciales.

Mientras tanto, el Tribunal Supremo decidió el miércoles que las revisiones de las condenas a los agresores sexuales por la aplicación de la nueva ley del 'solo sí es sí' se tienen que hacer a favor del reo, tal como establece el principio de retroactividad del Código Penal. Así ha quedado fijado con la publicación de la sentencia del caso Arandina, del que ya se sabía la decisión del tribunal desde hacía unos días, que ha acabado imponiendo una pena de nueve años de prisión a los acusados cuando con la anterior ley les podría caer un año más. Cabe decir que, en total, el Supremo ha acabado subiendo las penas a los agresores, porque el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León les había otorgado una atenuante por proximidad de edad entre ellos y la víctima, que era menor de edad, y que el Supremo ha acabado eliminando. Además, el TSJCiL solo les imponía penas de 3 y 4 años, porque lo consideraban abuso sexual en vez de agresión, precisamente una distinción que la nueva ley elimina por completo.

En la sentencia, ahora firme, el Supremo explicó que "la acomodación de la pena al nuevo texto penal después de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual 10/2022 es obligatoria porque se aplica la retroactividad de la ley penal más favorable al reo en virtud de ley posterior más beneficiosa, como en este caso". Según varios expertos, eso ha pasado porque la ley del solo sí es sí no incluye en el texto una disposición transitoria que especifique que los condenados con penas siguen dentro de la nueva horquilla (es decir, todas, porque la nueva ley hace mayor la horquilla por el límite inferior). Por lo tanto, los magistrados del Supremo han apostado por volver a los principios básicos, en este caso el artículo 2.2 del Código Penal.

En este sentido, los magistrados apuntaron también que el proceso de revisión de penas se extiende "no solo a las que se encuentren en fase de ejecución, sino, también, a aquellas que se encuentren en fase de dictado de sentencia, bien en plena terminación de juicio oral, bien en virtud de resolución de recurso de apelación o de recurso de casación, valorando si la pena a imponer puede ser más beneficiosa". Este mismo martes, Unidas Podemos aceptó un cambio a la ley por parte del PSOE, y ahora se incluye a la exposición de motivos del Código Penal que su aplicación esté en línea "con la jurisprudencia consolidada". Con todo, no queda muy claro que eso sirva para detener las rebajas.