El Juzgado de Instrucción 2 de Sant Feliu de Guíxols ha condenado por los delitos de lesiones y daños a dos españolistas que, el 30 de septiembre del 2018, agredieron y le tiraron al suelo el móvil a una de las participantes en una comida popular conocida como dinar groc, en Platja d'Aro.

La jueza considera probado que Javier C. pegó a una chica en el brazo provocando que el móvil que llevaba en la mano cayera al suelo y se rompiera. También considera probado que Purificación C. cogió del pelo y de uno de los brazos a la misma chica, que acudió al Hospital de Palamós, donde le diagnosticaron una equimosis en ambos brazos y contractura muscular en la zona cervical.

La sentencia condena por un delito de daños y lesiones leves a Javier. C. y por una de lesiones leves a Purificación C. También descarta condenar a una tercera persona involucrada en los hechos, Francisco F. C. —hijo de Purificación C.—, porque considera que no ha quedado acreditado que agrediera a la víctima, como ella había denunciado, ni que la víctima lo agrediera a él (ya que se denunciaron mutuamente).

La jueza considera veraz la declaración de la víctima, que estaba corroborada por informes médicos, por un vídeo aportado a la causa y por la declaración de otros testigos presenciales, de los cuales destaca que son "objetivos e imparciales" porque "no tienen vínculos con las partes".

Considera que no hay prueba de cargo contra Francisco F. y destaca que la denuncia que presentó contra la denunciante fue presentada más de un año después de los hechos, cuando recibió la citación para el juicio.

Por todo eso, la jueza condena a Purificación C. por un delito de lesiones a pagar una multa de 120 euros y a Javier C., por un delito de lesiones leves y daños, a una multa de 240 euros, además tendrá que pagar a la víctima 275 euros en concepto de indemnización por los daños causados al romperle el móvil. A los dos se les condena, además, a indemnizar de forma solidaria a la víctima con 125 euros.