El Tribunal Supremo ha condenado a 4 años y 9 meses a cuatro antifascistas que se manifestaron contra un acto de Vox en Zaragoza en enero de 2019. La resolución señalada los condenados por los delitos de desórdenes públicos, atentado y lesiones a policías que se produjeron en los altercados que se produjeron después del mitin. Inicialmente, la Audiencia de Zaragoza y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón los había sentenciado a 3 años de prisión por delito de desórdenes y a 3 años por atentado, además de 1 año por el delito de lesiones a uno de los policías (para un total de 7 años).

El Supremo ha decidido rebajar la pena al entender que los delitos agravados de desórdenes públicos y de atentado tienen que considerarse cometidos en concurso ideal, de manera que se establece la pena prevista para el delito más grave (el de desórdenes) en su mitad superior. A pesar de la rebaja, sin embargo, el alto tribunal desestima el resto de motivos de los recursos de los cuatro acusados, que también tendrán que pagar multa.

Los hechos, en 2019

Según los hechos probados en la sentencia, "con ocasión de una concentración convocada a través de redes sociales bajo el lema 'Contra el acto fascista de Vox', el día 17 de enero de 2019 se estableció un amplio dispositivo policial de seguridad en previsión de posibles perturbaciones del orden público en los alrededores del Auditorio de Zaragoza donde el partido político iba a celebrar un mitin, así como en los alrededores del Parque Grande donde había sido convocada a las 19.00 horas la concentración". "Hacia las 18.45 horas", recoge el documento, "un grupo de unas doscientas personas, entre las cuales se encontraban los cuatro acusados, se concentraron en el Parque Grande y, bajo el grito de 'Llegaremos hasta el Auditorio', se enfrentaron con los agentes desplegados" cuando salieron del recinto y cortaron la circulación de vehículos y tranvía de la calle Fernando el Católico para ocupar la carretera.

"Con la finalidad de impedir que los manifestantes accedieran al Auditorio, fueron canalizados por la policía hacia la Plaza San Francisco donde el grupo profirió frases dirigidas a los agentes como 'perros del Estado' y 'asesinos a sueldo', a la vez que les propinaban puntadas, puñetazos y empujones," agrediendo uno de los acusados un agente. Seguidamente, según los hechos probados, "un grupo aproximado de unas 80 personas empezó a lanzar indiscriminadamente piedras y adoquines que arrancaban del suelo contra las fuerzas del orden", con la participación también de los cuatro acusados, y "procediendo igualmente a la quema de tres contenedores".

Siete policías heridos

Posteriormente, y desde detrás una barricada en la calle Pedro Cerbuna, una cuarentena de manifestantes, entre los cuales había los condenados, "siguieron lanzando piedras y adoquines contra agentes, peatones y vehículos, cosa que hizo preciso utilizar material antidisturbios por parte de las fuerzas del orden," apunta el Supremo. En estos altercados resultaron heridos siete policías y se produjeron daños en varios vehículos.

El Supremo considera ahora que los hechos declarados probados identifican con nitidez los presupuestos de imputación de los delitos que se consideran cometidos por coautoría. "Lo que se declara probado es que junto con otros perpetró él mismo, amparándose en el grupo, conductas típicas con la finalidad de alterar gravemente la paz pública, acometer a los agentes que, en el ejercicio de sus funciones, procuraban la protección del bien jurídico y mediante el lanzamiento de objetos y adoquines causar lesiones de diferente entidad y daños en vehículos y elementos del mobiliario urbano", indica el tribunal.