El juicio al exconseller de Cultura y diputado por Junts, Lluís Puig por el polémico caso de los bienes de Sixena continúa sin fecha, seis años después de ser denunciado por la vía penal por el Ayuntamiento de Vilanova de Sixena y el gobierno de Aragón. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) asumió el caso de Puig el febrero pasado porque el Tribunal Supremo determinó que es aforado, aunque el Tribunal Constitucional (TC) le deniega que se compatibilice su voto en el Parlament porque está en el exilio. Ahora, diez meses después, la defensa de Puig, ejercida por el abogado Jaume Alonso-Cuevillas, ha tenido que enmendar un error del alto tribunal catalán porque pensaba que el exconseller Puig no había sido citado a declarar como investigado, y quería devolver la causa a instrucción.

El exconseller Puig declaró por videoconferencia desde unos juzgados de Bruselas al juez oscense el 20 de junio de 2019, ha aclarado en un recurso el abogado Alonso-Cuevillas, también diputado de Junts, al tribunal. La nueva pega es que el TSJC no encontraba y no podía escuchar la declaración de Puig, y el letrado de la administración de justicia del TSJC ha requerido ahora al juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Huesca que se la aporte "en soporte CD", según una diligencia del 13 de diciembre pasado a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat. 

Alonso-Cuevillas pide la absolución de Lluís Puig porque sostiene que no hizo ninguna actuación y que se le notificó el requerimiento judicial justo un día después de asumir el cargo de conseller de Cultura. Además, consultó a los Servicios Jurídicos de la Generalitat, que le dijeron que habían recurrido la última resolución. En el caso del exconseller Vila, como no es aforado, su causa se tendría que haber derivado en un juzgado de Barcelona, y tampoco tiene aún fecha de juicio.

Penas pedidas

Por este caso, la Fiscalía pide 2 años de inhabilitación a cargo público y pagar una multa de 5.940 euros para Puig y Villa por el delito de desobediencia. El Ayuntamiento de Vilanova de Sijena también acusa a Vila del delito de usurpación de funciones judiciales y le pide 11 meses de prisión. Como es una pena inferior a 2 años de prisión, Puig podría ser juzgado en ausencia, y si quisiera el tribunal, por videoconferencia.

Paralelo al caso de Sixena, Lluís Puig ha sido procesado por el delito de malversación de fondos por el 1-O y se espera que el Supremo active su orden de busca y captura cuando el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) resuelva los recursos de los eurodiputados Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí sobre si el Parlamento Europeo no los protegió. Esta causa penal contra los exiliados tendría que decaer cuando la ley de amnistía entre en vigor.

Obras cerradas

Precisamente, el 11 de diciembre pasado se cumplieron seis años que la Guardia Civil entró en el Museo de Lleida y se llevó 44 obras, acción que causó dolor a los trabajadores del Museo, y del cual se sustenta la desobediencia al mandato judicial de Vila y Puig. El exconseller Vila ordenó el verano de 2016 la entrega de 41 obras que estaban en el Museu Nacional d'Art de Catalunya (MNAC) para devolverlos al monasterio aragonés. El diputado de Junts en el exilio juró el cargo de conseller el 4 de julio de 2017, y tres días después se le notificó el requerimiento para devolver más obras. Actualmente, los bienes no se pueden ver, el monasterio está cerrado por una rehabilitación y se desconoce el estado de conservación de las piezas. Desde la Generalitat se sigue lamentando su salida del equipamiento, donde estaban "bien preservadas" y se podían visitar. Fue el 2015 cuando un juzgado oscense decretó la nulidad de la compraventa hecha por la Generalitat de estas obras los años 1983, 1992 y 1994 y las hizo devolver a la Orden del Monasterio de Sixena.

Sin acceso

El exconseller Puig ganó la primera batalla cuando el Tribunal Constitucional (TC) acordó en sentencia, el 19 de junio de 2020, que decretaba la nulidad del auto de apertura de juicio oral y otras resoluciones vinculantes. La instrucción se concluyó de forma correcta, señala Alonso-Cuevillas, en su recurso de reforma del noviembre pasado dirigido al TSJC, que quería derivar el caso nuevamente a instrucción. Aclarado este extremo, el TSJC ha constatado que "no tiene acceso a la grabación" aportada y que consta en las diligencias de ordenación del 26 de junio de 2019 y ahora las reclama al juzgado oscense.

Paralelamente, el junio pasado el Tribunal Constitucional (TC) dio la razón al exconseller Puig y reconoció que el Juzgado de Instrucción 3 oscense vulneró su derecho de presunción de inocencia con la fianza de 88.000 euros que le pusieron cuando se abrió juicio oral por un delito de desobediencia en el caso de las obras de Sixena.