El president de la Generalitat, Quim Torra, ha enviado una carta a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michele Bachelet, donde ha lamentado que todavía no hayan podido salir de prisión los presos políticos y que haya habido amenazas del Tribunal Supremo para evitarlo.

En la carta Torra afirma que en la actual situación de crisis por el coronavirus, mantenerlos en prisión implica riesgo para su salud y vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Además, Torra recuerda que el Tribunal Supremo ha amenazado a funcionarios de prisiones si dejan pasar el confinamiento de los presos políticos en su domicilio y señala a Bachelet que ella precisamente ha reclamado eso, que los presos puedan pasar el confinamiento en su casa.

Texto íntegro de la carta

Apreciada Sra. Bachelet,

En momentos tan difíciles como los que estamos pasando a consecuencia de esta pandemia que asola a todas nuestras naciones, me dirijo a usted en mi condición de presidente de la Generalitat de Catalunya y en función de sus declaraciones del pasado 25 de marzo de 2020, en las cuales usted manifestó que “es esencial que los gobiernos tomen medidas para detener la difusión del coronavirus COVID-19 y también que emprendan otras iniciativas para reducir la posible repercusión negativa que esas medidas podrían tener sobre la vida de las personas”. A este respecto puedo informarle que, dentro de nuestras posibilidades y competencias, estamos realizando los máximos esfuerzos para conseguir cumplir con nuestra obligación de cuidado y atención hacia todos los seres humanos que viven en Catalunya.

También manifestó usted que “En mi condición de doctora en Medicina, comprendo la necesidad de aplicar una gama de medidas para combatir el COVID-19 y, por haber sido Jefe de Estado, entiendo que a menudo es difícil equilibrar las arduas decisiones que es preciso adoptar” y, además, que “nuestros esfuerzos para combatir el virus no darán resultados a menos que apliquemos un enfoque holístico, lo que significa que debemos proteger cuidadosamente a los sectores más vulnerables y desfavorecidos de la sociedad, tanto en términos médicos como económicos”. Estas pautas son, justamente, las que estamos tratando de seguir desde el momento mismo en que esta pandemia comenzó a llegar a Catalunya.

Desde un comienzo hemos insistido de manera sistemática en la necesidad de aplicar medidas de cuarentena que, finalmente, también han sido reconocidas como adecuadas por el Gobierno español y que, estamos seguros, más temprano que tarde darán el resultado esperado. Otro tanto hemos planteado y estamos haciendo para proteger a los sectores más desfavorecidos, así como a las mujeres que se ven especialmente afectadas por esta situación y todas nuestras actuaciones se sustentan en su apreciación de que “la dignidad y los derechos humanos” han de ser “los pilares fundamentales de ese esfuerzo y no una consideración accesoria”. Hasta aquí creo que estamos cumpliendo con sus indicaciones y que no se nos podrá reprochar que no nos hayamos apartado de tales vectores que siempre han sido los que han guiado nuestro actuar como gobierno en Catalunya.

Sin embargo, y he aquí el motivo de esta carta, debo manifestarle que a pesar de que usted manifestó, el pasado 25 de marzo, que “ahora, más que nunca, los gobiernos deberían liberar a todas y cada una de las personas que están encarceladas sin suficiente base legal, incluyendo prisioneros políticos y otros detenidos” no hemos podido cumplir, hasta ahora, con esta parte de sus directrices.

Es efectivo que la Generalitat de Catalunya tiene transferidas, en su integridad, las competencias en materia penitenciaria respecto a todas las prisiones y presos situados en territorio catalán; sin embargo, el pasado martes 31 de marzo, el Tribunal Supremo, a través de un comunicado de prensa difundido a los distintos periodistas acreditados ante dicho órgano jurisdiccional, advirtió y amenazó a las autoridades penitenciarias catalanas de posibles consecuencias legales, de carácter penal, si acordaban permitir que, durante el tiempo que dure esta situación de alarma y pandemia, se permitiese que los presos clasificados en régimen del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario permaneciesen en sus domicilios en régimen de confinamiento, como es el que vive toda la población catalana. (el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario es una suerte de sistema mixto de cumplimiento que permite a los presos así clasificados poder salir a cumplir con sus correspondientes trabajos, es decir se trata, en términos generales, de presos no conflictivos). Las amenazas del Tribunal Supremo fueron vertidas porque esta medida afectaría, entre otros, a los presos políticos catalanes que actualmente cumplen condena en dos concretas prisiones catalanas. Me permito el término presos políticos por dos razones: a) porque estoy convencido que lo son y, b) porque el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas así lo ha determinado en dos relevantes informes del año pasado, concretamente el 6/2019 y el 12/2019.

Como usted comprenderá nada me complacería más que cumplir íntegramente con sus indicaciones, pero, como consecuencia de las amenazas vertidas por el Tribunal Supremo las correspondientes juntas de tratamiento de los centros penitenciarios afectados han decidido que no procederán a permitir que los presos políticos, ni ningún otro clasificado en el régimen antes descrito, pasen la pandemia en sus correspondientes domicilios.

Como abogado que soy, estoy convencido de que mantenerles en prisión a riesgo de su salud y poniéndoles en riesgo vital implica una clara vulneración de, al menos, los artículos 2, 3 y 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 20, 21, 35 y 49 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que encuentran su origen en la propia Declaración Universal de Derechos Humanos.

Sinceramente, lamento distraerla en estos momentos de sus acuciantes y relevantes funciones pero he creído oportuno poner en su conocimiento la situación que afecta a las personas presas y presos políticos en cárceles de Catalunya y que, de esta forma, pueda apreciar no solo nuestra voluntad de cumplimiento con las normas internacionales sino, también, los impedimentos que para ello nos pone el Tribunal Supremo de España que, como indicó, ha amenazado a nuestros funcionarios en el caso de actuar en contra de los deseos de dicho Tribunal pero en cumplimiento de las normas internacionales y de las directrices y consejos que usted, como Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, nos ha impartido a todos aquellos que tenemos responsabilidades de gobierno.

Sin otro particular, agradeciéndole su atención y comprensión, y quedando a su entera disposición, se despide atentamente de usted,

Quim Torra i Pla

Barcelona, 3 de Abril de 2020