La presidenta del Parlament suspendida, Laura Borràs, ha cargado duramente contra la vicepresidenta primera con funciones de presidenta, Alba Vergés, acusándola de haber vulnerado sus derechos "deliberadamente, premeditadamente, injustamente y antidemocráticamente" cuando ella y los otros miembros de la mesa la suspendieron el pasado mes de julio, en aplicación del reglamento del Parlament. Así ha reaccionado Borràs a un comentario de Twitter, donde un usuario advierte A Vergés que tiene 10 días para decidir "¿del lado de quién estás del opresor o del oprimido"?, Borràs ha añadido que si Vergés "tiene un poco de conciencia lo sabe. Y la gente también. En Igualada, especialmente". Vergés ejerce las funciones de presidenta desde el 28 de julio, cuando Borràs fue suspendida, y es también la candidata de ERC en Igualada a las elecciones municipales. Borràs se ha manifestado a través de las redes sociales a la decisión de la Junta Electoral Centra (JEC) de dar 10 días hábiles a Vergés para que decida si mantiene el escaño en Borràs después de su condena por prevaricación y falsedad documental.

tuit Laura Borràs
tuit Laura Borràs

Decisión de la JEC

La JEC ha evitado resolver la retirada del escaño de la presidenta del Parlament suspendida y ha pedido Vergés que explique si le mantiene el acta y por qué. Vergés tiene 10 días hábiles para comunicar "las decisiones, resoluciones o cualquier otra medida" que el Parlament "haya podido adoptar en relación con este asunto" así como las alegaciones que quiera formular. Se trata del mismo procedimiento que siguió la JEC antes de retirarle el escaño al exdiputado de la CUP Pau Juvillà, entonces Borràs como presidenta. Finalmente, el árbitro electoral ordenó retirarle, tal como ya había hecho con el expresident de la Generalitat Quim Torra.

La JEC apunta que el delito por el cual ha sido condenada Borràs entra dentro de los supuestos que contempla el artículo 6.2 b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) utilizado en los casos de Juvillà y Torra. El artículo dice que "son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado, cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para puesto de trabajo o cargo público".

El Parlament ya ha recibido este viernes la notificación formal de la Junta Electoral Central (JEC) sobre la presidenta suspendida, Laura Borràs, y el plazo para responder el órgano acabará el 28 de abril. La cuenta atrás empieza a correr a partir del lunes porque no se cuentan los fines de semana. La Mesa se reunirá el martes que viene y es previsible que trate esta cuestión. Todo apunta que el Parlament presentará alegaciones en defensa del reglamento de la cámara, que solo prevé retirar escaños en casos de sentencia firme.

Condena a Laura Borràs

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha condenado a Borràs a 13 años de inhabilitación para empleada o cargo público electo o de funciones de gobierno o administración, aparte de la pena de cuatro años y medio de prisión por el fraccionamiento de 18 contratos a favor de un conocido suyo cuando presidía la Institución de las Letras Catalanas (ILC) del 2013 en el 2017.

La JEC esgrime la jurisprudencia del Supremo que avala el criterio aplicado previamente para|por la JEC y argumenta que se puede retirar el acta aunque la sentencia no sea firme. "El supuesto de inelegibilidad es un efecto extrapenal de una sentencia condenatoria, una medida vinculada por la ley electoral, necesariamente a la condena penal a pena de inhabilitación, incluso cuando la sentencia no sea firme por delito contra la Administración Pública," dice el órgano. El árbitro electoral insiste en que la inelegibilidad sobrevenida "no es una competencia exclusiva" del Parlamento, sino que la Administración electoral puede actuar en aplicación directa de la LOREG. La JEC cita las sentencias del Supremo en el caso "análogo" de Torra, que ya aplicó con Juvillà.