Cuarta vez que Begoña Gómez verá cara a cara al juez que la investiga desde hace un año y medio. Juan Carlos Peinado la ha citado como investigada por malversación, un nuevo delito que le imputa desde hace unas semanas, por la contratación de su asesora en la Moncloa, Cristina Álvarez. El magistrado sospecha que ella habría aprovechado su cargo institucional para hacer gestiones a favor de los intereses personales o profesionales de la mujer de Pedro Sánchez. Hace diez meses que Cristina Álvarez está en la diana: el juez le puso la lupa después de que se supiera que a inicios de 2024 hizo gestiones con un patrocinador a favor de la cátedra que Begoña Gómez codirigía en la Universidad Complutense. De hecho, el lunes, el juez pidió al Gobierno que remitiera a la Guardia Civil todos los correos electrónicos de la cuenta institucional de Begoña Gómez desde 2018, una petición que ella recurrió a la Audiencia de Madrid denunciando que “carece de cualquier motivación”.
Esta mañana las dos están citadas en los juzgados de la Plaza de Castilla de Madrid. Cristina Álvarez irá a las once de la mañana y Begoña Gómez, una hora más tarde. A día de hoy, la mujer del presidente español está investigada por cinco delitos: tráfico de influencias y corrupción en los negocios por haber influido supuestamente en los procesos de contratación pública a favor de Juan Carlos Barrabés y por la cátedra que codirigía a la Universidad Complutense (así arrancó la causa a raíz de una querella de Manos Limpias), apropiación indebida e intrusismo laboral por el software de la cátedra y por la firma de un pliego de prescripciones técnicas (se amplió después de una querella de Hazte Oír) y malversación por la contratación de su asesora (un nuevo delito que le imputa desde hace dos semanas).
La cronología de la investigación sobre la contratación de Cristina Álvarez
El primer paso que dio Juan Carlos Peinado fue citar a Cristina Álvarez como testigo en diciembre de 2024. En aquella ocasión, relató que la contrataron en julio de 2018 (después de la llegada de Pedro Sánchez a la Moncloa) y que sus funciones eran confeccionar la agenda institucional y privada de Begoña Gómez e informar al servicio de seguridad de la Moncloa de sus actividades. Un mes y medio después de testificar, el juez decidió imputarla por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios. En febrero volvió a declarar: negó que influyera a la Complutense o a ningún patrocinador antes de la creación de la cátedra para beneficiar a la esposa del presidente del Gobierno y aseguró que no se prevaleció de su cargo para ninguna solicitud.
Sin embargo, el juez Juan Carlos Peinado continuó estirando el hilo y citó como testigo a Félix Bolaños, que era el secretario general de la Presidencia cuando se fichó Cristina Álvarez. El ministro se desvinculó de su contratación y aseguró que fue conforme a la ley. Pero el juez no se dio por satisfecho e intentó que el Tribunal Supremo lo investigara. El magistrado aducía que los trabajos de Cristina Álvarez “no se han limitado a los de asistenta en las actividades” llevadas a cabo por la esposa del presidente del Gobierno “meramente protocolarias y sin ánimo de lucro o de carácter benéfico”, sino que también se ha dedicado a “atender las necesidades que ha llevado a cabo en actividades de carácter privado”. Ahora bien, el Alto Tribunal lo frenó y archivó la exposición razonada que le había remitido aduciendo que “no existen indicios probatorios, más allá de meras hipótesis, sin bastante sustrato fáctico” para investigarlo. Finalmente, un mes más tarde, el juez Peinado hizo el último movimiento e imputó a Begoña Gómez y a la misma Cristina Álvarez por un presunto delito de malversación.
“Me dice Begoña que te traslade que le encantaría que seguís como patrones de la cátedra”
El juez empezó a investigar a Cristina Álvarez después de saberse que en febrero de 2024 hizo gestiones con un patrocinador a favor de la cátedra de la mujer de Pedro Sánchez: en una posdata de un correo electrónico, comunicó a la empresa Reale el interés de Begoña Gómez que la compañía aseguradora siguiera patrocinando la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva, que ella codirigía a la Universidad Complutense. “Me dice la Begoña que te traslade que le encantaría que sigáis como patrones de la cátedra”, expresó.
En junio, resolviendo un recurso presentado por Cristina Álvarez, la Audiencia de Madrid consideró que eso “supera claramente sus funciones” y abogó por investigar “si se sobrepasó en el cumplimiento de las funciones públicas que le fueron encomendadas” para “favorecer el plan delictivo” de Begoña Gómez en el delito de tráfico de influencias, mediante la “desviación de medios públicos puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados”.
En cambio, en un recurso presentado el lunes, Antonio Camacho, el abogado de Begoña Gómez, sostenía que la “realización de un favor a la persona para quien trabajas y con la que mantienes una relación de amistad nunca puede interpretarse como una conducta que entre dentro del ámbito de aplicación de una infracción penal tan grave como la malversación”. “Es difícilmente sostenible que esta conducta, aislada y habitual en los usos sociales de este país y de tantos otros, pueda constituir un delito de malversación”, subrayaba.
“Un indebido apoyo o desviación de recursos públicos en favor exclusivamente de intereses privados”
Hace dos meses y medio, en el mismo auto, la Audiencia de Madrid avaló la investigación a Cristina Álvarez alegando que podría haber sido “voluntariamente utilizada como un indebido apoyo o desviación de recursos públicos en favor exclusivamente de intereses privados” ofrecidos desde una “estructura institucionalizada de poder”. El auto apuntaba a una “clara y palmaria desviación de las tareas de un funcionario público” respecto de las que tendrían que ser sus “funciones de ayuda, de mera colaboración y acompañamiento institucional, de seguridad y protocolo” a la mujer del presidente del Gobierno. La Audiencia de Madrid argumentó que todo ello refuerza el “carácter prevalente de la conducta” de Begoña Gómez y apuntala la “áurea de indudable influencia” que, como a esposa del presidente español y ejerciendo sus funciones desde el “entramado del Palacio de la Moncloa”, podía tener toda su “actividad privada”.
¿Cómo han ido las otras tres declaraciones ante el juez?
La primera vez que Begoña Gómez fue citada fue el 5 de julio del año pasado. Ahora bien, en aquella ocasión, el juez acabó optando por suspender la declaración y volvió a citarla después de que ella argumentara que no conocía la causa por la que se la investigaba. Su defensa argumentó un defecto de forma (que el juez le había notificado la acusación de Manos Limpias, pero no la de Hazte Oír) y el juez consideró que había que programar otra cita después de haberle facilitado toda la documentación. La segunda cita llegó dos semanas después, el 19 de julio. Fue entonces cuando la mujer de Pedro Sánchez se acogió a su derecho a no declarar. Su abogado alegó que “no tiene nada que esconder”, pero le recomendó hacer un acto de silencio al detectar ausencia de “garantías” procesales. “El procedimiento ya se ha quedado sin contenido”, esgrimió.
Finalmente, el 18 de diciembre rompió el silencio y negó irregularidades en la cátedra de la Complutense. “No intervino en ningún proceso de licitación pública, firmó un pliegue de prescripciones técnicas porque las normas de la Complutense así lo exigían y no se ha apropiado indebidamente de ninguna marca, porque las marcas nunca han pertenecido a la Complutense, sino que fueron inscritas por ella a efectos de ser utilizadas en las cátedras y en los másters”, expresó Antonio Camacho a la salida.