La Audiencia Nacional ha condenado a dos años de prisión al extesorero del PP Luis Bárcenas por abonar a la empresa Unifica una cantidad de 1.072.000 euros por las obras realizadas en la sede central del PP, en la calle de Génova de Madrid, "al margen de la facturación y la contabilidad oficial y no declarados a la hacienda pública".

En la sentencia de la pieza separada del caso Gürtel conocida como "papeles de Bárcenas", la sala condena a Bárcenas como cooperador necesario de un delito continuado de falsedad contable en concurso con un delito contra la hacienda pública relativo al impuesto de sociedades de 2007 de la empresa Unifica en relación de concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particulares. Además, condena al Partido Popular como responsable civil subsidiario de Bárcenas y lo obliga a pagar 123.669 euros por el impuesto de sociedades de Unifica del 2007.

La sala de lo penal, en una sentencia de 454 páginas dictada este mismo jueves, ha condenado a Bárcenas por abonar a Unifica, el estudio de arquitectura que se ocupó de la reforma del cuartel general de los populares, un total de 1.072.000 euros, "al margen de la facturación y la contabilidad oficial y no declarados a la hacienda pública". Lo condena, en concreto, por un delito continuado de falsedad contable, en concurso con un delito contra la hacienda pública por el impuesto de sociedades del 2007 de Unifica, en concurso, al mismo tiempo, con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

Al arquitecto de Unifica Gonzalo Urquijo y a su socia Belén García los condena a dos años y 9 meses de prisión y multa de 2,6 millones de euros como autores de un delito contra la hacienda pública relativo al impuesto de sociedades de 2007 de Unifica en relación de concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil. La sala absuelve a los otros dos acusados en este procedimiento, quien fuera gerente del PP Cristóbal Páez y la empleada de Unifica Laura Montero. En el caso de Bárcenas, Urquijo y Belén García los absuelve del resto de los delitos de los que estaban acusados, entre ellos asociación ilícita, delito electoral, tráfico de influencias, blanqueo de capitales o falsedad documental.

 

 

En el caso de Bárcenas, el tribunal le aplica el atenuante de confesión al haber quedado acreditada su "colaboración real, activa y eficaz" para el esclarecimiento de los hechos y sus autores, si bien, apunta, fueron los registros practicados en la sede del PP y de Unifica los que aportaron los datos decisivos para la investigación. Al extesorero del PP también se le aplica, junto con los otros dos condenados, la circunstancia atenuante de reparación del daño. Por otra parte, se rechazan las dilaciones indebidas en la tramitación del procedimiento.

Los magistrados precisan cuáles son los hechos objeto de enjuiciamiento en esta pieza y cuáles quedan extramuros de este proceso penal. El tribunal explica que en la parte relativa a la administración y gestión de la contabilidad paralela o caja B, así como las entradas y salidas de esta, es donde más dificultades ha tenido para no traspasar los límites del objeto de esta pieza separada, "ya que la procedencia y finalidad de las donaciones aportadas a la formación política Partido Popular se sigue investigando en el juzgado central de instrucción número 5 y determinadas aplicaciones o pagos quedaron excluidos (como los sobresueldos a determinados cargos políticos y los gastos electorales), por lo cual el ámbito de enjuiciamiento queda limitado a determinar los hechos y su relevancia penal en relación con la administración y gestión de una contabilidad B para el control interno de las donaciones recibidas por la formación política, la falta de declaración en la hacienda pública de las mismas en el impuesto de sociedades del 2008".

También, se limita "a determinadas salidas o pagos en B, como son los pagos de parte de las obras de reforma de la sede del partido a Unifica Servicios Integrales SL y la adquisición de acciones de Libertat Digital, ciñéndonos al marco temporal de 2007 y 2008, por haber quedado marcados los límites de la instrucción del 2007 de ahora en adelante, estando afectados los anteriores por la prescripción, y por el cierre de la denominada contabilidad B en el 2008, lo demás queda fuera del presente proceso penal".

La caja B

La sala relata cómo Bárcenas ejerció el cargo de gerente del PP desde 1990 a junio de 2008, un periodo en que gestionó los fondos en metálico aportados a la formación política como donaciones privadas "a través de una contabilidad paralela ―contabilidad B―, no se dejó constancia de los ingresos y gastos en la contabilidad oficial, ni, por lo tanto, fueron fiscalizados por el Tribunal de Cuentas". El control de los ingresos procedentes de las donaciones, así como de los gastos, lo llevaba el acusado Bárcenas en unas hojas que rellenaba con anotaciones manuscritas y después en hojas de Excel, que es lo que se ha denominado "papeles de Bárcenas".

Estos papeles, señala la sentencia, no contenían un registro sistemático de entradas y salidas y sufrían varios errores de saldo, así como saldos negativos, en que generalmente faltaba dinero, si bien reflejan acontecimientos cuya realidad ha quedado acreditada, como los traspasos a las cuentas de donativos oficiales, entregas de dinero a determinadas personas vinculadas con el Partido Popular o los pagos por las obras de reforma de la sede central de la referida formación política en la calle Génova, 13, de Madrid. Este dinero, siempre en efectivo y fuera de todo control del departamento de contabilidad y del cajero del partido, se guardaba en una caja fuerte ubicada en el despacho de Bárcenas.

Las obras de Génova

La sentencia, ponencia de la magistrada María Fernanda García Pérez, explica que en el 2005 el PP decidió emprender la remodelación del edificio que albergaba la sede central y se contrató a Unifica. La gestión de las obras fue asumida por Bárcenas y afectaba varias plantas, sótanos, garajes y otras dependencias, unos trabajos que se ejecutaron entre el 2005 y en el 2010. La decisión describe la dinámica llevada a cabo en cuanto a la gestión y cobro por Unifica de los trabajos. Por una parte, se emitían uno o varios presupuestos para las obras de cada planta y, una vez acabada la obra, se emitía la certificación final, cuyo importe constituía la base imponible de la factura que recogía las reformas.

Paralelamente a esta dinámica, indica la sentencia, Bárcenas y Urquijo convinieron que "una parte de los pagos correspondientes a estas obras serían abonados con los fondos B que gestionaba Bárcenas, y se pactó la aplicación de un descuento por parte de Unifica de entre un 7% y un 8% del importe de los trabajos abonados con estos fondos, con el consiguiente ahorro tanto para el PP como para Unifica en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales".

De esta manera, añaden los magistrados, en la contabilidad oficial del PP remitida al Tribunal de Cuentas figuraron únicamente las cantidades correspondientes a las facturas emitidas por Unifica desde el año 2005 al 2011, "y, por el contrario, se ocultaron al control y la fiscalización del Tribunal de Cuentas la totalidad de los pagos no facturados efectuados por las diversas obras de remodelación al margen de la facturación y contabilización oficial y con fondos en metálico que fueron abonados" a Unifica a través de su responsable como administrador Gonzalo Urquijo, "lo cual, al mismo tiempo, le permitió a esta empresa esconder a la Hacienda Pública la percepción de los referidos pagos en B, eludiendo las obligaciones tributarias correspondientes".

La sala explica que para llevar a efecto el pago y el cobro de las cantidades pactadas en B y dejar constancia documental tanto del valor real de ejecución de las obras para su control interno ―por el PP y por Unifica― como del menor importe de las mismas por el pago en dinero B, en este caso para su justificación y proyección externa, fundamentalmente para simular el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se elaboraron los responsables de la empresa de arquitectura documentos, como certificaciones de obras, facturas y recibís de pago, en que se omitieron o hicieron constar datos que no se correspondían con la realidad de los hechos. "El importe total de las cantidades abonadas por el acusado Sr. Bárcenas a Unifica por las obras efectuadas en la sede central del PP (c. Génova, 13, de Madrid), al margen de la facturación y la contabilización oficial, y no declarados a la hacienda pública, ascendieron a 1.072.000 euros", concluye la Audiencia.