Uno de los grandes clásicos aparejados a la convocatoria de unas elecciones es la saturación del buzón con propaganda de todos los partidos que se presentan. Un papeleo que a menudo llega por duplicado o triplicado, en función de los inquilinos empadronados en el domicilio.

Lo que la mayoría de españoles desconocen es que por primera vez, en estas enésimas elecciones generales, cabe la posibilidad de vetar la propaganda electoral. A raíz de la primera repetición de elecciones en España, la que se produjo en el año 2016, ante  la avalancha de críticas, los principales partidos españoles decidieron reformar la LOREG para minimizar los efectos y los costes.

A través de una reforma de la ley electoral se acordó que si en un futuro había que volver a las urnas por incapacidad de formar gobierno, como es el caso, la campaña -la oficial- será de sólo 8 días, que se reducirá un 30% las subvenciones a los partidos y que los electores que así lo deseen podrán oponerse a ser incluidos en el censo electoral que se facilita a las fuerzas políticas para hacer sus envíos.

El plazo para proceder al trámite, que puede hacerse a través de internet en esta página del Instituto Nacional de Estadística, será desde el día 24 -cuándo quedarán convocadas oficialmente las elecciones- hasta el día 7 de octubre.

Para solicitar la exclusión de las listas de los partidos basta con entrar en la web en cuestión y acceder con la identificación digital, ya sea con el certificado digital o con la clave que habitualmente se utiliza para pedir la Renta, el sistema Cl@ve.