Un juez de la Audiencia Nacional ha propuesto juzgar a dos agentes de los Mossos d'Esquadra por un delito de encubrimiento. Se trata de los dos mossos que habrían ayudado al president en el exilio, Carles Puigdemont, a "eludir la captura de este hasta que fue detenido en Alemania" en marzo del 2018, donde viajó desde Finlandia. Por otra parte, el magistrado Manuel García Castellón ha decidido archivar la causa para los otros dos acompañantes de Puigdemont en este viaje, Josep Maria Matamala y Josep Lluís Alay.

En su auto de este viernes, el magistrado instructor entiende que de acuerdo al informe de Fiscalía los mossos Carlos de Pedro López y Xavier Goicoechea tienen que ser juzgados por un delito de encubrimiento y da un plazo de diez días en la Fiscalía para que presente su escrito de acusación. Esta ya era la posición del ministerio público, que exculpaba a Matamala y Alay pero dejaba la puerta abierta a juzgar a los dos agentes de los Mossos.

 

A partir de la investigación, Manuel García Castellón señala que el 25 de marzo de 2018 los dos mossos, con condición de funcionarios y que se encontraban de permiso, acompañaron a Puigdemont. En este sentido, el auto sostiene que "los dos investigados, puestos de común acuerdo, a pesar de su condición de funcionarios de la policía y con pleno conocimiento de que el señor Puigdemont tenía una orden de búsqueda y detención entregada por el Tribunal Supremo, le ayudaron a intentar substraerse a la acción de la justicia cuando se desplazaba desde Helsinki hasta su domicilio de Bélgica". De la misma manera, el juez subraya que el mismo Puigdemont tenía conocimiento de la euroorden de que pesaba contra él.

El magistrado realiza en su resolución un relato detallado del trayecto por carretera y en ferri que acabó en Alemania, para concluir que "todos estos datos eran conocidos por los investigados cuando prestaban ayuda a Puigdemont". Insiste en que la actuación de los dos agentes buscaba evitar "la captura del huido Carles Puigdemont", hecho que "reviste los caracteres de un delito de encubrimiento".

Con respecto a Josep Maria Matamala y Josep Lluís Alay, el magistrado instructor los exculpa porque no tienen la condición de funcionarios públicos. Tampoco tiene constancia de que "facilitaran el vehículo, lo condujeran en algún momento o hubieran proporcionado cualquier otra ayuda" para ayudar a Puigdemont a "substraerse de la acción de la justicia". Es por eso que, en su caso, ha acordado el sobreseimiento provisional.