Nada. La Audiencia de Barcelona ha rechazado suspender un juicio contra dos jóvenes independentistas, a pesar de la inminente aprobación de la ley de amnistía del Procés, en la cual estarían incluidos, según ha denunciado el grupo de Alerta Solidaria este martes. La Fiscalía pide para David y Álvaro 9 años y medio de prisión por participar en una manifestación contra la sentencia del Supremo a los líderes catalanes, el 18 de octubre de 2019 en Barcelona, y la Generalitat les pide 3 años y medio de prisión por atentado contra la autoridad.

En el mismo juicio, los dos jóvenes, defendidos por el abogado Eduardo Cáliz, piden 4 años de prisión para 4 agentes de los Mossos, a quienes acusan de los delitos de lesiones y contra la integridad moral. Los dos independentistas estuvieron 17 días en prisión preventiva en la prisión de Quatre Camins por estas protestas. En el escrito de acusación, el abogado sostiene que los agentes de la BRIMO  de la policía catalana los agredieron con golpes de porra cuando los dos jóvenes se dirigían a buscar el autobús para volver a Parets del Vallès, después de la protesta por la sentencia del Supremo. Recibieron golpes en la cara,  brazos y piernas. Incluso, indica que Álvaro podría haber recibido la descarga de una pistola taser en la tibia al tener una herida compatible con esta herramienta.

El juicio coincide con el Congreso

El juicio está fijado para los días 22 y 23 de mayo, cuando seguramente la ley de amnistía habrá vuelto del Senado al Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva. El tribunal de la sección 10ª  de la Audiencia de Barcelona no ha argumentado el motivo de descartar la suspensión o el aplazamiento de la vista, e indica a las defensas que lo expongan el primer día del juicio.

"El juicio empezará justo cuando se prevé que el Congreso de los Diputados apruebe la ley de amnistía. Los delitos y los hechos están en los supuestos de la ley y no suspender la vista es una pérdida de tiempo personal y de recursos públicos", ha declarado el abogado Eduardo Cáliz, que ha asegurado que en el inicio del juicio volverán a pedir su suspensión.

Respuesta diversa

Hasta ahora, solo un juzgado de Girona y la sala de apelaciones penal del TSJC han aceptado aplazar un juicio y la revisión de una condena, respectivamente, por motivos de la tramitación de la ley de amnistía del Procés, al considerar que les puede favorecer.

Por el contrario, el TSJC desestimó suspender el juicio contra los cargos de ERC Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natalia Garriga por el 1-O  por la tramitación de la amnistía, pero sí que lo ha hecho porque coincide con las elecciones catalanas del 16-M. El TSJC razonaba que "la tramitación parlamentaria de una proposición de ley orgánica de amnistía no realiza ninguno de los motivos de suspensión del juicio oral", como recoge la ley de Enjuiciamiento criminal, que también indica que se puede suspender cuando es una causa “justa y probada”. Y añadía que una vez aprobada la ley lo tendría que analizar.

Por el contrario, el TSJC ha aprobado el aplazamiento del juicio del 1-O porque los encausados son de un partido, ERC, y una de las acusaciones de otro, VOX, que concurren a las elecciones catalanas y para evitar que la vista se convierta en un acto electoral. Una prevención del alto tribunal catalán que no comparten el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional en el caso de Tsunami Democrátic.