El Juzgado de Instrucción nº. 29 de Barcelona, tras haber tomado declaración en calidad de investigada a Maria Rovira, concejala de la CUP-Capgirem Barcelona, ha decidido archivar el procedimiento judicial que se le había abierto por presuntas injurias a los Mossos d'Esquadra.

El proceso judicial se inició a instancias de tres sindicatos policiales, SAPOL, SPC y CSIF, a raíz de una denuncia por haber acusado a los Mossos d'Esquadra de haber "ejecutado extrajudicialmente" los terroristas que atentaron en Barcelona y Cambrils (Baix Camp), durante un pleno municipal.

En concreto, fue en el pleno municipal del 8 de septiembre del 2017 cuando en el momento de conceder la medalla al mérito cívico a los Mossos y la Guàrdia Urbana por su papel en los atentados del mes de agosto pasado, Rovira lamentó que no se hubieran tenido en cuenta las "ejecuciones extrajudiciales" de los terroristas y además acusó la Guardia Urbana de ser el brazo ejecutor del racismo institucional.

"Desprestigiar a los Mossos"

A raíz de estas afirmaciones, el Sindicato de Policías de Catalunya (SPC) presentó delante de la Fiscalía de Barcelona una denuncia en la cual acusaba de injurias a la concejala de la CUP, por entender que su único propósito era "desprestigiar el cuerpo de Mossos d'Esquadra" y los agentes que abatieron a los terroristas. Según la denuncia del SPC delante de la Fiscalía, presentada por los abogados Javier Aranda y Sandra Melgar, las declaraciones de Rovira en el pleno municipal tenían "la clara intención de injuriar y atentar contra la dignidad de la propia institución y la de los agentes actuantes en los atentados, en un momento en que, precisamente, la sociedad estaba valorando positivamente su actuación en los hechos descritos".

Según ha hecho público la CUP, el juzgado de instrucción ha considerado que las expresiones usadas por Rovira al pleno entran dentro del ejercicio de la libertad de expresión marcada por el mandato como concejala, ya que "la evidente voluntad política de oponerse a las menciones honoríficas propuestas excluye la concurrencia de una clara intención de injuriar unos cuerpos y fuerzas de seguridad que denuncia como mantenedores de un orden social injusto", ya que sería a este orden social a quien "va dirigida en último término su diatriba ideológica".

La resolución también concluye que los sindicatos policiales no pueden ser considerados como víctimas del delito y que, como mucho, podían participar del procedimiento en ejercicio de la acusación popular. La resolución judicial puede ser ahora recurrida en apelación por los sindicatos querellantes.