Un juez de Barcelona ha absuelto a los dos primeros agentes antidisturbios de los Mossos d'Esquadra juzgados por su actuación durante las protestas contra la condena del Tribunal Supremo a la cúpula del procés, al concluir que su intervención fue correcta, congruente, oportuna y proporcional.

En la sentencia, en la cual ha tenido acceso Efe, el titular del Juzgado de Instrucción número 22 de Barcelona exonera a los dos agentes, para quienes la acusación particular solicitaba una multa de 1.800 euros y una indemnización de 600 euros por un delito leve de lesiones, porque tampoco se ha podido acreditar que fueran ellos los que lesionaron a la chica.

Los hechos pasaron hacia las 21.00 horas del 18 de octubre del 2019. La joven se encontraba al lado de dos amigas en el vestíbulo de la estación de metro de la plaza de Catalunya de Barcelona, mientras en aquel momento se estaban llevando a cabo varias manifestaciones de carácter violento, con quema de contenedores y lanzamiento de objetos, algunos incendiarios, contra la policía, según resalta el juez en su resolución.

Es en este contexto en el cual un grupo de agentes antidisturbios acudió a la estación de metro y, en repetidas ocasiones, según el juez, ordenó el desalojo y la dispersión de los manifestantes. La mayoría de ellos obedecieron al orden de la policía, a diferencia de un pequeño grupo, entre el cual se encontraba la chica que acabó denunciado en los Mossos, y sus amigas, que querían coger el metro.

Según el juez, los Mossos d'Esquadra, siguiendo su protocolo de actuación, procedieron a la dispersión de los congregados en la estación que no habían obedecido su orden, utilizando para eso las porras reglamentarias y ejerciendo un uso "mínimo" de la fuerza, momento en que la denunciante resultó lesionada por un agente que no ha podido ser identificado.

El juez resalta en su sentencia que no se ha podido acreditar que los dos agentes denunciados, para quienes la Fiscalía pidió la absolución, hubieran causado o intervenido en las lesiones sufridas por la chica.

La víctima y sus amigas denunciaron en el juicio que la actuación policial fue incorrecta, pero el juez cree la versión de los Mossos, ya que considera que está avalada por el informe forense, en el sentido que no encuentra ningún elemento por sostener que el relato de la policía sea "contrario a la verdad de lo que ha pasado".

Además, concluye que los agentes usaron la "fuerza mínima" -cómo apunta el informe forense a partir de las lesiones sufridas por la chica-, para facilitar el final de los disturbios y superar la negativa a las órdenes que daban para que se desalojara la estación. Eso demuestra, según el juez, que se trató de una actuación policial "guiada por la congruencia, oportunidad y proporcionalidad" que fijan los protocolos policiales.

Si la actuación policial fue "la correcta", como ha dictaminado el juez, tampoco se puede acusar a los agentes por la comisión por omisión, como pretendía la denunciante, que sostuvo que los policías estaban obligados a actuar en su defensa mediante una "acción positiva de salvación". Además, el juez también resalta que no consta que los agentes denunciados hubieran dado la orden de intervenir.

Al juicio, los dos agentes de los Mossos d'Esquadra, los primeros al sentarse en el banquillo por la intervención policial durante los disturbios post-sentencia, defendieron su tarea, mientras que la joven aseguró que cuando vio llegar a los antidisturbios levantó las manos, mostrando el billete que acababa de comprar, y dijo: "ya me voy, ya me voy", delante de lo que, según su versión, los agentes la empezaron a golpear con las porras.

La denuncia inicial de la víctima también se dirigía contra otros doce agentes de los Mossos d'Esquadra, aunque finalmente no fueron juzgados porque la acusación particular finalmente no los acusó ya que el juez no aceptó darle más tiempo para proseguir con la investigación sobre la autoría de los hechos. Por este motivo, el juez también certifica a su sentencia la absolución de los otros doce agentes, en este caso por falta de acusación.