Los 12 CDR acusados de terrorismo reclaman a la Audiencia Nacional que archive de "forma inmediata" su caso

Los 12 ciudadanos vinculados a CDR (Comités de Defensa de la República) acusados de terrorismo en la operación Judas han pedido a la Audiencia Nacional que archive de "forma inmediata" su procedimiento, después de saber este jueves que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado la ley de amnistía, que consultó este tribunal español. Así lo han expresado sus abogados de Alerta Solidària, en una comparecencia en el Casal Independentista de l’Eixample, la Cruïlla. Han celebrado la resolución del tribunal de Luxemburgo, pero han advertido que el triunfo no llegará hasta que los afectados, que fueron detenidos en 2019 por participar en protestas, sean amnistiados.

La abogada Eva Pous ha declarado que la Audiencia Nacional ya no tiene margen para mantener abiertas las actuaciones, mientras que el portavoz de Alerta Solidària, Martí Majoral, ha anunciado que presentarán escritos para que el tribunal actúe sin más dilaciones. La Audiencia Nacional celebró una vista hace ahora un año y pico, en la que los abogados defensores —entre ellos Carlos Hurtado, Xavi Monge, Montserrat Vinyets y David Aranda— reclamaron que se les aplicara la ley de amnistía. Argumentaban que los 12 encausados no habían provocado daños personales ni materiales —como exige la ley de amnistía— y que se les había acusado injustamente del delito de terrorismo.

La Fiscalía, que inicialmente les pedía de 8 a 27 años de prisión, también defendió que se les aplicara la norma del olvido penal, mientras que la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT) reclamó su condena. La Audiencia Nacional suspendió el juicio y consultó al TJUE si la ley de amnistía española vulneraba o no las normas europeas de lucha contra el terrorismo. Los abogados también expusieron sus posicionamientos en una vista ante los magistrados del Tribunal de Justicia de la UE, que ahora ha suscrito la mayoría de los argumentos de la defensa.

Sin dilaciones

"Lo único que puede hacer la Audiencia Nacional en este caso, sin ningún tipo de maniobra dilatoria, debe ser el archivo inmediato de las actuaciones", ha afirmado la abogada de Alerta Solidària. Según Pous, el mismo tribunal español ya asumió al plantear la cuestión prejudicial que, en ausencia de daños o vulneraciones graves de los derechos humanos, la ley de amnistía era aplicable a los hechos investigados e imputados a los CDR.

En la sentencia, el TJUE afirma que la Directiva (UE) 2017/541, relativa a la lucha contra el terrorismo, "no se opone a una ley nacional de amnistía que, para reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación, establece la extinción de la responsabilidad penal de cualquier persona que haya cometido, en un período delimitado y en el contexto de un proceso de independencia de una parte del territorio nacional de un Estado miembro, actos comprendidos en esta Directiva que no hayan causado de manera intencionada graves violaciones de derechos humanos, cuya naturaleza exacta y umbral de gravedad no se especifican en esta ley, y cuando los órganos jurisdiccionales competentes estén en condiciones de determinar los delitos de terrorismo excluidos de la amnistía".