La opinión pública europea asiste, a menudo con frustración, a la aparente impunidad que rige en las relaciones internacionales ante las mayores atrocidades humanas. Sin embargo, el desarrollo del derecho internacional cuenta desde hace más de dos décadas con un hito jurídico sin precedentes en la lucha contra la barbarie: el Tribunal Penal Internacional (TPI). Su andadura, lejos de ser un camino fácil, refleja la lucha entre la lógica del poder y el imperativo de construir una justicia universal.
El TPI nació formalmente el 1 de julio de 2002, tras la entrada en vigor del Estatuto de Roma de 1998, un tratado multilateral que hoy cuenta con la adhesión de 124 Estados. A diferencia de los tribunales ad hoc de Núremberg o Tokio, erigidos por los vencedores tras la Segunda Guerra Mundial, o de los creados por el Consejo de Seguridad de la ONU para la antigua Yugoslavia y Ruanda, el TPI se instituyó como el primer órgano judicial permanente e independiente con capacidad para juzgar los crímenes más graves que afectan a la comunidad internacional: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. Su jurisdicción se rige por el principio de complementariedad, interviniendo única y exclusivamente cuando los tribunales propios de un Estado no pueden o no quieren actuar de manera real.
Sin embargo, la arquitectura del Estatuto de Roma encuentra su mayor debilidad en la persistente resistencia de las grandes potencias mundiales que insisten en situar su soberanía estatal por encima de la justicia universal. Estados Unidos, Rusia y China son los líderes de la lista de los Estados que no integran el TPI. Washington firmó el tratado, pero no llegó a ratificarlo, llegando a promulgar leyes internas para proteger a su personal militar ante cualquier investigación de La Haya; Moscú retiró su firma en 2016 tras la condena a la anexión de Crimea. Por su parte, Pekín se mantiene al margen, rechazando la jurisdicción obligatoria. Tampoco forman parte potencias de relieve como la India, Israel o el grueso de los países del mundo árabe, lo que limita geográficamente la eficacia del tribunal y alimenta las acusaciones de asimetría en la aplicación del derecho internacional. Sin embargo, la mayor parte de los Estados latinoamericanos (y, a la cabeza, Brasil y México), Japón, Corea del Sur, Canadá, Nueva Zelanda y Australia forman parte de su núcleo duro.
El TPI es un tribunal estrictamente judicial que carece de una fuerza policial propia o de un cuerpo de seguridad para ejecutar sus decisiones
Esta debilidad estructural se hace más evidente al analizar el complejo procedimiento de ejecución de las órdenes internacionales de detención de esta Corte. El TPI es un tribunal estrictamente judicial que carece de una fuerza policial propia o de un cuerpo de seguridad para ejecutar sus decisiones. Cuando su Sala de Cuestiones Preliminares emite una orden de detención, la obligación de arrestar al sospechoso y remitirlo a la sede del TPI se fundamenta exclusivamente en la cooperación voluntaria y en la asistencia jurídica de los 124 Estados partes, de conformidad con el artículo 86 del Estatuto de Roma. Si un acusado se aproxima a un Estado firmante del Tratado de Roma, ese Estado tiene el deber legal de detenerlo. Sin embargo, si cualquier Estado incumple esta obligación, el TPI solo puede emitir una declaración de no cooperación y remitir el caso a la Asamblea de Estados Partes o al Consejo de Seguridad de la ONU, un órgano a menudo bloqueado por el derecho de veto de las grandes potencias, entre ellas EE. UU., China y Rusia, que —como ya hemos dicho— no reconocen la jurisdicción del TPI.
A pesar de estas limitaciones logísticas, el TPI ha activado en los últimos tiempos los casos más trascendentales de su historia, desafiando directamente la impunidad global. Entre los casos activos más recientes cabe destacar la orden de arresto emitida contra el presidente ruso Vladímir Putin por los crímenes de guerra relacionados con la deportación ilegal de niños ucranianos, lo que fundamentó la respuesta del Kremlin para requerir la detención de la actual presidenta del TPI. En un giro de similar trascendencia, la Fiscalía de La Haya solicitó de manera formal órdenes de detención contra el primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, y su exministro de Defensa, Yoav Gallant, junto a altos líderes de la organización Hamás, acusándolos de crímenes de guerra y de lesa humanidad en el contexto del conflicto de Gaza.
Estas investigaciones sitúan al TPI en el centro del debate geopolítico mundial, demostrando una valentía jurídica que rompe con las acusaciones históricas de actuar solo contra líderes de Estados deprimidos. Y, en este tablero fragmentado, la Unión Europea (UE) emerge como el principal valedor y pulmón financiero del multilateralismo penal. La cosmovisión europea, al menos hasta ahora, se ha fundamentado en la superación de los nacionalismos excluyentes y en la primacía del derecho sobre la fuerza. De ahí que haya convertido el apoyo al TPI en un pilar fundamental de su acción exterior. Para Bruselas, la defensa del tribunal no es una opción retórica, sino una obligación estructural para consolidar un orden internacional basado en reglas. La UE no solo financia —por el momento— de manera mayoritaria el sostenimiento de la Corte de La Haya-Scheveningen, sino que introduce de forma sistemática la exigencia de cláusulas de adhesión al Estatuto de Roma en sus acuerdos de cooperación con terceros países, actuando como un motor difusor de la justicia global.
Las perspectivas de futuro del TPI se sitúan en una encrucijada histórica de extrema fragilidad. El riesgo real de cara al futuro es que el TPI devenga en un instrumento de geopolítica asimétrica si no consigue materializar el arresto de líderes protegidos por la agresión trumpisto-sionista o por el autoritarismo ruso, chino, iraní o árabe.
Para la Europa que cree en la dignidad humana (y ni Catalunya ni Galicia ni Euskadi pueden quedar al margen de ella), el fortalecimiento del TPI es un imperativo ético irreversible. Frente al desorden global y el retorno de la impunidad estatal, la consolidación de esta Corte de Justicia constituye la única herramienta jurídica para que la justicia universal deje de ser una utopía y pase a ser una realidad protectora para todos los pueblos de la Tierra. De ahí que sea preciso luchar férreamente contra la agresión del agresor Trump, que acaba de sancionar a la presidenta del TPI, la insigne jurista japonesa Tomoko Akane, llegando incluso al arresto de los funcionarios de cualquier Estado que vulneren su jurisdicción.
