Se han cumplido 10 años del llamado asedio al Parlament de Catalunya, en plena ola de los indignados. Aturem el Parlament quería, esto, detener la sesión parlamentaria que debía aprobar los recortes de Artur Mas, que decidió ir al pleno en helicóptero. Ustedes lo recordarán. Como la gabardina pintada de Montserrat Tura. En fin, una protesta... que terminó con ocho condenados. En un primer momento, fueron absueltos por la Audiencia Nacional, con firma de Ramón Sáez, el juez que absolvió a Josep Lluís Trapero, y con voto particular en contra de Fernando Grande-Marlaska. Pero, ah, amigos, Manuel Marchena decidió en el Supremo que aquello era violencia ambiental, la doctrina de 2015 que le sirvió para enviar a prisión a los ahora indultados líderes del procés. Ahora ha resuelto el Constitucional, previo paso para ir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Pues bien, en el Tribunal Constitucional ha habido cuatro votos particulares. Son los de Encarnación Roca, Cándido Conde-Pumpido... y de dos magistrados más que ya son habituales en este tipo de votos particulares: Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer. Xiol y Balaguer dicen que las penas de prisión son “innecesarias , desproporcionadas y desalentadoras para el ejercicio del derecho a reunión”. Dicen los magistrados que no hay actos concluyentes que impidieran la acción parlamentaria, más allá de un “simple retraso no significativo” y que la concentración tuvo, en general, “carácter pacífico”. Por lo tanto, consideran desproporcionada la sanción penal, dicen que las condenas son una injerencia en el derecho a reunión, con un “devastador efecto desalentador” que “empobrece nuestra democracia” y que nos “ajena con sociedades disciplinadas por el abuso del sistema penal". Olé.

Xiol y Balaguer merecen la Creu de Sant Jordi y el carné de socio de Òmnium, pero sobre todo merecen el agradecimiento de los catalanes que no son independentistas y del conjunto de los ciudadanos españoles, porque velan por sus libertades 

Xiol y Balaguer son los mismos que, en todas las sentencias que está haciendo el Constitucional sobre la condena del Supremo por el 1-O, consideran “desproporcionada” la pena de prisión que se impuso a los líderes independentistas. Xiol y Balaguer hablan de “dudas razonables” de que cometieran un delito de sedición. Entre otras cosas porque, como aquel día en el Parlament, el 20 de septiembre en la Conselleria d’Economia se hizo un ejercicio de derecho a reunión. No eran delitos, era un ejercicio de libertades políticas y derechos civiles. Y piden “una interpretación más evolucionada y concordante con la del TEDH”.

Juan Antonio Xiol es un barcelonés de 74 años, caballero de la Orden de Isabel la Católica y premio Puñetas de Oro de los informadores jurídicos. Matrícula de Honor en 19 asignaturas de Derecho, número 1 en las oposiciones de todo, que comenzó como juez en Cervera, Terrassa y Sant Feliu de Llobregat y fue director general de Relaciones con la Administración de Justicia con el PSOE. Como vocal del Consejo General del Poder Judicial fue propuesto a magistrado del Constitucional. María Luisa Balaguer es una andaluza de Almería, cum laude en Derecho por la Universidad de Granada, catedrática de Derecho Constitucional, profesora de Derecho y Periodismo en Málaga y experta en igualdad, que llegó al Constitucional a propuesta del PSOE andaluz.

Ignoro si el PSOE tiene nada que ver. O si no quieren que Europa les avergüence. Pero quiero pensar que actúan por convicción. Si es así, más allá de indicar el camino a Europa para tumbar la sentencia de Marchena, Xiol y Balaguer merecen la Creu de Sant Jordi y el carné de socio de Òmnium, pero sobre todo merecen el agradecimiento de los catalanes que no son independentistas y del conjunto de los ciudadanos españoles, porque velan por sus libertades y para evitar un chilling effect, un efecto disuasorio, en el ejercicio legítimo de los derechos civiles.