Ha comenzado un nuevo curso judicial, seguramente con muchos sobresaltos pero no con grandes cambios aún cuando, por una vía u otra, se logre llegar a acuerdos para la renovación tanto del Tribunal Constitucional —que no forma parte del poder judicial— como del propio Consejo General del Poder Judicial; en realidad, más bien parece, o esa es la sensación que se transmite, que, de una parte, estaríamos ante un pulso entre distintos grupos de poder e intereses particulares y, de otra y en caso de alcanzarse un acuerdo, de un auténtico cambio de cromos pero no ante un nuevo curso para la judicatura, entendiéndolo como un cambio de rumbo que implique una auténtica reforma de un sistema anquilosado, desbordado, manoseado y tremendamente politizado que necesita una reestructuración radical.
Desde hace ya mucho tiempo vengo sosteniendo que una crisis constitucional como la que se está viviendo por, entre otras cosas, falta de renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), es algo que, de existir voluntad política, tiene fácil solución y pasa, en primer lugar, por una modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que podría centrarse, por ahora, en introducir una norma según la cual “cuando haya finalizado el mandato de 5 años establecido en el artículo 122.3 de la Constitución todos los miembros del Consejo General del Poder Judicial cesarán inmediatamente en todas sus funciones” y que “cesados que sean de sus funciones dejarán de ser de aplicación las prerrogativas contenidas en el artículo 584 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial”.
Dicho más claramente: terminado el mandato para el cual fueron elegidos cesan en sus funciones y, además, dejan de cobrar el sueldo que les correspondía.
Una norma de estas características sirve de efecto desaliento a situaciones como la que estamos viviendo en la actualidad y pondría toda la presión en el Legislativo para alcanzar los acuerdos necesarios para la nominación de nuevos vocales del CGPJ, sin que se puedan pasar la pelota de uno a otro poder del Estado ni hacerse fuertes quienes ya carecen de cualquier legitimidad democrática para seguir en sus cargos.
Una cosa es tener un CGPJ en funciones y eternamente prorrogado y otra, muy distinta, es no tener Consejo con lo que ello representa a los efectos de gobierno del Poder Judicial y de imagen del Estado.
No faltarán quienes digan que una situación de vacío en el Gobierno de los Jueces sería intolerable o extremadamente peligrosa porque existen materias urgentes a resolver; seguramente sí, especialmente por esto último, y para tales casos, bien se podría prever que “mientras no sean elegidos los nuevos miembros del Consejo, las funciones estrictamente administrativas y sancionadoras atribuidas al mismo será desempeñadas por 3 de los miembros salientes que serán los de mayor y menor edad, así como aquel que se haya incorporado en último lugar al Consejo”.
Es decir, se podrían solventar las materias más urgentes y necesarias del gobierno de los jueces, pero dejando claro que “desde el momento en que finaliza el mandato de 5 años y hasta que hayan asumido los nuevos miembros el Consejo, representado por los 3 miembros establecidos conforme al sistema previsto en el apartado anterior, no podrán hacer ningún tipo de nombramiento ni ejercitar ninguna de las competencias atribuidas en el artículo 570 bis)” de la LOPJ.
Una reforma así de escueta pero clara es algo que no parece interesar a nadie, ni a los políticos porque les traslada la obligación de llegar a acuerdos y nombrar a un nuevo CGPJ ni a las altas instancias judiciales porque les privaría de un poder que, como estamos viendo, se eterniza sin control ni contrapeso alguno.
Los argumentos en contra de una reforma de este tipo serán todo menos honestos y, sobre todo, no reconocerán nunca que al final lo que se pretende, por quienes ocupan inconstitucionalmente el Gobierno de los Jueces, es el mantener, por tiempo ilimitado, un poder que ni el Constituyente ni los ciudadanos les hemos otorgado.
Aquí no está en juego la independencia judicial como argumentan muchos jueces y algunos políticos de derechas; la independencia judicial se ejercita individualmente por cada juez y tribunal y no por la forma en que se elija a los miembros del CGPJ
En todo caso, no nos confundamos, aquí no está en juego la independencia judicial como argumentan muchos jueces y algunos políticos de derechas; la independencia judicial se ejercita individualmente por cada juez y tribunal y no por la forma en que se elija a los miembros del CGPJ.
La independencia judicial es una facultad, un poder y una obligación individual y no colectiva… cada juez y tribunal debe actuar con independencia y así lo hacen gobierne quien gobierne y dirija el CGPJ quien lo dirija.
España no tiene un problema de falta de independencia judicial sino, más bien, uno de falta de imparcialidad, especialmente cuando se llega a temas políticamente relevantes.
Dicho de forma más clara: la forma en que se elijan a los miembros del CGPJ no es la garantía de imparcialidad de los jueces y tribunales sino sus individuales conciencias y aproximación a los asuntos que han de tratar y, como digo, cuando se trata de determinados casos y personas no falla la independencia sino la imparcialidad.
Ejemplos hemos tenido y tenemos muchos en los últimos tiempos, sin ir más lejos el propio presidente del Tribunal Constitucional acaba de decir que “los juristas somos casi todos conservadores, porque el Derecho es una ciencia conservadora”; ha sido un reconocimiento de una realidad, pero, sobre todo, una expresión de algo que parece evidente, aunque sea poco acertada.
Ni el derecho es una “ciencia conservadora” ni casi todos los juristas somos conservadores; es una ciencia social, ciencia jurídica y, además, juristas no solo son los jueces, sino que lo somos muchos más miembros de la comunidad jurídica.
España no tiene un problema de falta de independencia judicial sino, más bien, uno de falta de imparcialidad, especialmente cuando se llega a temas políticamente relevantes
Seguramente lo que Pedro González-Trevijano quiso decir es que entre las altas instancias jurisdiccionales hay una mayoría conservadora, más bien de derechas, y que por ello aplican el derecho como ellos lo ven o les interesa: como un instrumento para moldear la sociedad a imagen y semejanza de una determinada ideología, en lugar de usarlo como técnica de resolución de conflictos e interpretarlo de forma democrática.
En realidad, González-Trevijano lo que ha venido a decir es que esta tostada, la de la Justicia, siempre cae del mismo lado y ello es por una mayoritaria y concreta adscripción ideológica de, especialmente, las altas instancias jurisdiccionales, lo que viene a avalar que el problema en España no es la independencia judicial, que no está en juego, sino la falta de imparcialidad judicial, que está ideológicamente comprometida.
Pero no solo el presidente del Constitucional reivindica la adscripción ideológica de, al menos, las altas instancias jurisdiccionales, también lo hizo Lesmes este miércoles criticando una potencial desjudicialización del procés al mismo tiempo que reconoce el papel jugado por la judicatura en el conflicto entre Catalunya y España que, seguramente, es donde más claramente se ha visto el problema de falta de imparcialidad de la que vengo hablando.
A diferencia de lo que opina Lesmes, el principio de legalidad no se opone a su aplicación democrática ni puede superponerse a éste; más bien son complementos que han de caminar de la mano para que la legalidad no desborde ni destruya la democracia como ha pasado en regímenes perfectamente respetuosos de la legalidad que han desarrollado una legalidad abiertamente antidemocrática.
En cualquier caso, y como punto de partida, cualquier reforma de las normas que regulan el mandado de los miembros del CGPJ es buena para impedir que se perpetúen en el poder personas que dejaron, hace ya rato, de contar con legitimidad constitucional para estar en dichos cargos.
No sería una mala cosa comenzar el curso judicial cambiando algo tan sencillo como lo que propongo para, a partir de ahí, buscar una reforma integral que haga que en España no solo se garantice la independencia judicial —que ya lo está— sino también la imparcialidad, que es una garantía de todos los ciudadanos tenga la ideología que tengan o pertenezcan a la minoría nacional que pertenezcan porque, insisto, esto no va de falta de independencia sino de falta de imparcialidad.