El juez de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, toma declaración este lunes a dos testigos protegidos en la investigación de los atentados del 17-A a Barcelona y Cambrils, uno de ellos vecino de Alcanar, localidad de la explosión en una casa en la cual murieron miembros de la célula que perpetró la acción terrorista.

Andreu decidió citarlos en el auto en el cual acuerda levantar parcialmente el secreto del sumario, que se mantiene no obstante para las piezas relativas a las entradas y registros, las comunicaciones telefónicas, de protección de testigos y de comisiones rogatorias.

Según el juez, estas cuatro piezas seguirán secretas, ya que se siguen practicando diligencias que resultan "complejas y extensas" y que, de ser conocidas por las partes afectadas, "pudieran hacer estéril toda la actuación sumarial seguida".

A pesar del levantamiento parcial del secreto en las piezas en las cuales estima que no perjudicará las investigaciones, Andreu ha decidido que las partes no puedan sacar del juzgado las imágenes de la célula terrorista manipulando explosivos en la casa de Alcanar que saltó por los aires la víspera de los atentados, ni las que reflejan el momento del atropello mortal en la Rambla.

El juez sólo ha permitido que visualicen en la secretaría del juzgado, con la expresa prohibición de efectuar ningún tipo de copia, para evitar su posible difusión externa, detalla el acto.

Casi un año después de los atentados, en los que murieron 16 de personas y un centenar quedaron heridas, la pieza principal de la causa abierta a la Audiencia Nacional por el 17-A consta de 21 tomos.

El magistrado ha levantado el secreto de esta pieza, la única que está digitalizada, y también de las relativas a las víctimas, los investigados muertos, los daños materiales, las personaciones y sobre la situación personal y patrimonial de los investigados.

Denegada la petición de Ripoll como acusación particular

Paralelamente, el juez ha desestimado en otro acto la petición del Ayuntamiento de Ripoll, localidad de donde procedían la mayoría de jóvenes integrantes de la célula terrorista, para poder personarse como acusación particular en el procedimiento judicial sobre los atentados. El consistorio de Ripoll fundamentó su solicitud como perjudicado alegando que sufrió perjuicios materiales, derivados de la atención psicológica a los vecinos afectados, además de los dispositivos policiales de todo tipo utilizados en la investigación.

Andreu también argumentó el consistorio de la demarcación de Girona que sufrió daños morales por los atentados, a causa de la ofensa al nombre y al prestigio histórico de la localidad y a su corporación municipal, al entender que el ataque terrorista atentó su "heteroestima pública y honorabilidad".

Por el contrario, el juez Andreu, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, ha rechazado esta petición al considerar que el consistorio de Ripoll no puede ser considerada víctima o parte perjudicada de los atentados. Además, cuestiona que la asistencia a vecinos de la localidad "equivalga a convertirse eventualmente en perjudicado directo de todo delito cuya existencia haga necesaria la prestación de un servicio.