A la España oficial parece que se le ha olvidado. Pero todo demócrata debe recordar y recordarle que antes que imputado, independentista, secesionista o dadaísta, Jordi Sànchez era, es y continúa siendo un ciudadano en plena posesión de sus derechos políticos fundamentales. Ninguna medida preventiva puede privarle de su ejercicio y sólo una sentencia firme puede limitárselos, nunca privarle de ellos. Una verdad que resulta aún más incuestionable cuando nos referimos al derecho político más básico y fundamental de todo ciudadano: el derecho de sufragio activo y pasivo, el derecho a elegir y ser elegido.

Con la Constitución y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la mano, el juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, no tiene otra opción que permitir que el ciudadano Jordi Sànchez ejerza su derecho de sufragio activo y pasivo. Dictar lo contrario abriría una vía con notables posibilidades de éxito para cuestionar su legalidad y provocar la nulidad de todo el proceso

Hasta ahora el juez Llarena ha podido trampear el evidente espíritu garantista de la Constitución con respecto al derecho de sufragio facilitando a los diputados encarcelados la delegación del voto. Pero esa puerta trasera está cerrada para el caso de un diputado electo, que debe presentar y defender presencialmente su candidatura a la presidencia; a no ser que todo lo que se ha dicho para impedir la investidura a distancia de Carles Puigdemont fuera mentira o no tuviera valor jurídico alguno.

Ya teníamos el precrimen, ingeniado en su día para parar el 1-O, y ahora parece que vamos a inventar la preinhabilitación

Solo en un país de juristas de pandereta como España se puede sostener en público que el caso del ciudadano Jordi Sànchez difiere del caso de la autorización para acudir al pleno para el candidato a la presidencia vasca por Herri Batasuna en 1987, Juan Karlos Yoldi, porque éste no tenía posibilidades de salir elegido y sin embargo Sànchez sí las tiene; escuchar semejante disparate causa sonrojo, además de estupefacción. Alegar que seguramente será inhabilitado en unos meses cuando se le procese por rebelión, además de dar por ciertas meras suposiciones y confundir suspensión con inhabilitación, supondría crear otra novedosa categoría penal inventada ad hoc para Catalunya. Ya teníamos el precrimen, ingeniado en su día para parar el 1-O, y ahora parece que vamos a inventar la preinhabilitación.

Ninguno de los argumentos manejados hasta ahora por el juez Llarena soporta la confrontación con el inviolable derecho de sufragio. Las invocaciones al orden público y posibles tumultos como excusa para coartar este derecho fundamental no merecen ni consideración en un estado democrático. El ciudadano Sànchez ya ha clarificado de manera neta ante el propio juez su renuncia a la unilateralidad y su opción por la acción política institucional.

Tras una larga y complicada puesta en escena, para no defraudar más de lo necesario a los cientos de miles de catalanes que votaron para restituirle en san Jordi, Carles Puigdemont se ha hecho a un lado empujado por sus socios y por lo suyos. El independentismo puede presentar ahora como candidato a un ciudadano en plena posesión de sus derechos políticos y a disposición de la Justicia, sea Jordi Sànchez o sea Oriol Junqueras. Si España quiere ser el único país de la UE-15 donde se prive del derecho de sufragio a un ciudadano sin que medie una sentencia firme, que lo decidan el Tribunal Supremo, el TC o el gobierno; pretender que semejante trabajo sucio lo haga también el independentismo ya es abusar.