El Tribunal Supremo ha dado un serio varapalo a Hacienda al concluir que la Agencia Tributaria no ha estado calculando correctamente las multas cuando aplica recargos, una práctica que afecta a miles de contribuyentes en toda España. La sentencia aclara que muchas sanciones han sido infladas de forma indebida y abre la puerta a reclamaciones por importes cobrados de más cuando se pedía pagar cosas atrasadas. Se trata de la Sentencia 1218/2025, de 1 de octubre de 2025.

La decisión del alto tribunal tiene un impacto directo en procedimientos habituales de Hacienda, especialmente en casos de pagos fuera de plazo. Durante años, la Administración ha aplicado recargos, intereses de demora y sanciones de forma acumulada, una forma de cálculo que ahora el Supremo considera contraria a la ley.

El error de Hacienda al calcular sanciones y recargos

El núcleo del problema está en cómo se ha determinado la base sobre la que se imponían las multas. Hacienda calculaba las sanciones no solo sobre la deuda tributaria original, sino también sobre importes que ya incluían recargos e intereses, lo que elevaba artificialmente la cuantía final a pagar por el contribuyente. El Tribunal Supremo ha sido claro al decir que la sanción solo puede aplicarse sobre la deuda inicial, no sobre cantidades añadidas posteriormente. Sumar recargos, intereses y luego sancionar sobre ese total supone una doble penalización que vulnera los principios básicos del derecho sancionador tributario.

hacienda sede efe

Según la sentencia, esta práctica generaba multas desproporcionadas, recargos duplicados y liquidaciones que no respetaban el marco legal. En la práctica, muchos contribuyentes han acabado pagando cientos o incluso miles de euros más de lo que realmente correspondía.

Qué pueden hacer los contribuyentes afectados

La resolución del Supremo abre una vía clara para recurrir sanciones mal calculadas, tanto en procedimientos aún abiertos como, en algunos casos, ya cerrados si no han prescrito. Especialmente relevante es para quienes han recibido liquidaciones con recargos y sanciones acumuladas por retrasos en declaraciones o pagos. Los expertos recomiendan revisar cualquier multa reciente de Hacienda en la que aparezcan recargos por extemporaneidad, intereses de demora y sanción en un mismo expediente.

Además del ahorro económico, esta sentencia refuerza la seguridad jurídica de los contribuyentes frente a prácticas automáticas de la Administración. El Supremo recuerda que Hacienda no puede sancionar sumando conceptos sin respetar los límites legales. Así pues, esta decisión no solo corrige un error técnico, sino que protege al contribuyente frente a sanciones abusivas y confirma que, también en materia fiscal, la Administración debe ajustarse estrictamente a la ley.