El Tribunal Supremo ha avalado el despido de una empleada que utilizó el coche de empresa durante sus vacaciones para un viaje personal, ratificando que el uso indebido de recursos corporativos puede constituir una falta grave y justificar la extinción del contrato laboral. La empresa detectó la situación gracias a los registros del vehículo y al consumo de combustible, y decidió rescindir el contrato tras considerar que la confianza había quedado quebrada.
La trabajadora había sido asignada a un coche de empresa con la indicación expresa de que su uso debía ser exclusivamente profesional. Sin comunicarlo ni solicitar autorización, lo utilizó para realizar un desplazamiento de aproximadamente 1.200 kilómetros completamente ajeno a sus funciones laborales. Para la compañía, este uso supuso un coste adicional, un desgaste del vehículo y un riesgo inherente al uso indebido de un recurso corporativo.
Abuso de confianza y vulneración de la buena fe contractual
El Tribunal Supremo señaló que la empleada vulneró de manera grave la buena fe contractual, uno de los principios esenciales de cualquier relación laboral. Usar un medio de trabajo con fines personales representa un aprovechamiento ilegítimo de los recursos de la empresa y provoca una ruptura de la confianza necesaria entre trabajador y empleador. En este sentido, el tribunal consideró que el despido estaba plenamente justificado.
Asimismo, el Supremo recordó que el uso indebido de recursos corporativos no requiere siempre un perjuicio económico directo para constituir causa de despido. En este caso, el recorrido de 1.200 kilómetros supuso un desgaste tangible del vehículo y un coste de combustible adicional, elementos que reforzaron la decisión de la empresa y validaron la gravedad de la conducta.
Uso indebido de medios de la empresa como causa de despido
El tribunal subrayó que la extensión del viaje demuestra que no se trató de un uso accidental ni menor del vehículo. La empleada actuó al margen de las normas internas de la empresa y de lo estipulado en su contrato, configurando un comportamiento que podía considerarse abuso de confianza y aprovechamiento indebido de medios corporativos.
Con esta sentencia, el Tribunal Supremo refuerza que los recursos proporcionados por la empresa deben utilizarse únicamente para fines profesionales y que cualquier desviación significativa puede derivar en despido procedente. La resolución establece un precedente importante sobre la protección de los medios de trabajo y la exigencia de buena fe en la relación laboral.
