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Miles de jubilados continúan pagando cada año el recibo completo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles sin comprobar si su ayuntamiento ofrece alguna bonificación, subvención o ayuda vinculada a la vivienda habitual. El ahorro puede ser considerable, pero existe una condición fundamental, ya que no hay una exención estatal automática por haber alcanzado la jubilación. Todo depende de la ordenanza aprobada en cada municipio.

El IBI es un tributo municipal y son los ayuntamientos quienes gestionan su cobro, reconocen las bonificaciones y resuelven las solicitudes. Por eso dos pensionistas con viviendas similares pueden pagar cantidades diferentes según dónde residan. Algunas localidades establecen ayudas para hogares con ingresos reducidos, personas mayores, familias numerosas, viviendas protegidas o inmuebles con mejoras energéticas.

Ser jubilado no elimina automáticamente el recibo

La normativa estatal recoge varias bonificaciones obligatorias y permite a los municipios incorporar otras mediante sus ordenanzas fiscales. Para acceder a una reducción suele ser necesario cumplir límites de renta, estar empadronado, ser titular del recibo y utilizar el inmueble como residencia habitual.

Jubilado. EP

También pueden exigirse requisitos relacionados con el valor catastral, la ausencia de otras propiedades o la inexistencia de deudas municipales. En algunos municipios el beneficio se articula como bonificación directa del IBI; en otros aparece como una subvención equivalente a una parte del recibo. Por eso es importante no confundirse al solicitar este tipo de ayudas.

La solicitud debe presentarse en el plazo municipal

Estas ayudas rara vez se conceden únicamente porque el ayuntamiento conozca la edad del contribuyente. Normalmente hay que presentar una solicitud, autorizar la consulta de ingresos y aportar el recibo, el certificado de empadronamiento o información sobre la unidad familiar. Además, determinadas reducciones producen efectos desde el ejercicio siguiente, por lo que esperar a recibir el cobro puede ser demasiado tarde.

La recomendación es consultar cada año la ordenanza fiscal y el catálogo de ayudas del municipio donde se encuentra la vivienda. El recibo debe revisarse incluso cuando ya se obtuvo una reducción, porque algunas convocatorias exigen renovarla y los límites económicos pueden cambiar. Miles de jubilados podrían estar abonando más de lo necesario, pero no existe un descuento único aplicable en toda España. El ahorro dependerá del ayuntamiento, de los ingresos y de presentar correctamente el trámite. Quien no lo solicita dentro del periodo establecido puede terminar pagando el importe completo durante otro año, aunque reúna las condiciones exigidas en cada caso.