En muchas empresas sigue existiendo confusión sobre los días de asuntos propios y sobre si el trabajador está obligado a justificar su uso. La creencia de que la empresa puede exigir explicaciones o documentos es habitual, pero no se ajusta a la legalidad. La clave está lo que diga el convenio colectivo aplicable en cada caso.
Y es que el Estatuto de los Trabajadores no regula los días de asuntos propios. No fija cuántos corresponden ni establece condiciones para su disfrute. Por tanto, este derecho no nace directamente de la ley laboral general, sino de la negociación colectiva y lo que se establezca como legal en cada sector. Son los convenios los que determinan si existen, cuántos días hay y bajo qué condiciones pueden utilizarse.
El convenio colectivo tiene fuerza de ley
Cuando un convenio colectivo reconoce días de asuntos propios, ese derecho queda plenamente consolidado. El convenio tiene fuerza de ley entre empresa y trabajadores, lo que significa que ambas partes están obligadas a cumplirlo en sus propios términos. La empresa no puede añadir requisitos que no estén previstos en el texto pactado.
En ese contexto, exigir un justificante sería ilegal, ya que supone una modificación unilateral de las condiciones acordadas. Pedir pruebas, documentos o explicaciones personales vulnera directamente lo establecido en el convenio y limita un derecho que ya ha sido reconocido de forma expresa. No se trata de una cuestión de confianza, sino de legalidad.
Cuándo puede la empresa pedir explicaciones
La situación cambia únicamente cuando el convenio colectivo no especifica nada sobre los asuntos propios o establece condiciones concretas para su disfrute. En esos casos, la empresa sí puede regular su uso, fijar plazos de solicitud o incluso exigir una justificación, siempre que esa exigencia esté amparada por el propio convenio o por un acuerdo interno válido. De este modo es ilagal pedir justificante cuando el convenio reconoce expresamente que esos días son libres de justificación. Si no existe esa previsión, la empresa tiene margen para establecer normas organizativas, siempre dentro de los límites legales y lógicos.
La conclusión es que para salir de dudas pasa por leer el convenio colectivo. Si el convenio dice que los asuntos propios no se justifican, la empresa no puede pedir nada. Así pues, conocer el texto que regula cada relación laboral es fundamental para defender los derechos del trabajador y evitar abusos innecesarios.
