Muchos jubilados creen que, al haber dejado de trabajar, sus obligaciones con Hacienda se reducen al mínimo. Sin embargo, esto no siempre es así. La Agencia Tributaria siempre puede enviar requerimientos, solicitudes de información o notificaciones de deuda a pensionistas, especialmente cuando detecta declaraciones pendientes, ingresos sin aclarar, movimientos bancarios que requieren explicación o recargos no atendidos. El problema llega cuando esa comunicación no se abre, no se contesta o se deja pasar el plazo.
Y es que Hacienda no necesita que el contribuyente esté trabajando para iniciar un procedimiento. Si existe una deuda, una declaración obligatoria no presentada o un requerimiento sin responder, el sistema puede avanzar hacia la vía ejecutiva. En ese momento aparece la providencia de apremio, los recargos y, si la situación sigue sin regularizarse, el embargo de cuentas bancarias.
El error está en no responder a tiempo
La realidad es que muchos pensionistas no ignoran a Hacienda de forma voluntaria. Simplemente no consultan el buzón electrónico, no tienen activadas las notificaciones, no usan Cl@ve o no entienden que una carta de la Agencia Tributaria pueda acabar teniendo consecuencias económicas reales.
De este modo, un trámite que al principio podía resolverse aportando documentación o pagando una cantidad concreta puede convertirse en un problema mayor. Cuando el plazo vence, Hacienda puede aplicar recargos que suelen moverse entre el 10% y el 20%, dependiendo del momento del pago y de la fase del procedimiento. Además, una vez iniciada la vía de apremio, la Administración puede ordenar el embargo de dinero en cuentas bancarias, devoluciones pendientes o incluso otros derechos económicos.
Por qué afecta especialmente a jubilados
El riesgo es mayor entre pensionistas porque muchos no están acostumbrados a revisar comunicaciones digitales. También hay quienes creen que, al cobrar solo una pensión, nunca tendrán que presentar la Renta ni responder a requerimientos. Pero hay casos en los que sí existe obligación al ser pensiones con otros ingresos, alquileres, rescates de planes, ayudas, ventas patrimoniales o información bancaria que Hacienda quiera comprobar.
Así pues, el trámite obligatorio no es siempre el mismo, pero la consecuencia sí puede repetirse, ya que si Hacienda requiere información y el jubilado no responde, el expediente avanza. Por eso los expertos recomiendan revisar cualquier notificación cuanto antes y no dar por hecho que una carta de Hacienda puede dejarse sin contestar.
