El voto por correo a las elecciones generales del 23 de julio de 2023 está ganando cada vez más popularidad a causa de la convocatoria anticipada de las elecciones y la coincidencia con las vacaciones de verano, cuando muchos ciudadanos estarán fuera de sus ciudades. Aquellos que deseen ejercer su derecho al voto, pero no puedan hacerlo de forma presencial, tienen la opción de solicitar el voto por correo. Es importante tener en cuenta los plazos establecidos para solicitar el voto por correo. El periodo de solicitud se abrió el martes 30 de mayo y finalizará el 20 de julio, último día para dejar el sobre en la oficina de correos. Inicialmente, el plazo estaba programado para el 13 de julio, pero la Junta Electoral ha decidido ampliarlo para facilitar a más personas la posibilidad de ejercer su voto por correo.
 

📩 Voto por correo en les elecciones generales 2023: calendario, fechas y cómo solicitarlo
 

📧 ¿Cómo votar en las elecciones generales 2023 desde el extranjero?
 

¿Cómo solicitar el voto por correo?

Para solicitar el voto por correo, se pueden seguir dos vías: acudir a una oficina de Correos presentando el DNI, pasaporte o carnet de conducir original, o hacer la solicitud de forma telemática a través de la página web de Correos, siempre que se cuente con el DNI electrónico o un certificado digital válido.

Una vez hecha la solicitud, Correos trasladará la petición a la Oficina del Censo Electoral, donde se realizarán las comprobaciones necesarias. Si todo es correcto, se emitirá un certificado que confirma la inscripción del elector en el censo electoral y se anotará que esta persona votará por correo. A partir de este momento, el ciudadano quedará habilitado únicamente para votar por correo y no podrá hacerlo de forma presencial. En la siguiente fase, la oficina electoral enviará al domicilio del votante, por correo certificado, la documentación necesaria. Eso incluye las papeletas, sobras, el certificado del censo y un sobre con la dirección de la mesa electoral correspondiente. También se proporcionará una explicación detallada de cómo llenar correctamente todos los documentos. Es importante destacar que esta entrega se tiene que realizar de manera presencial.

Al recibir los documentos, el votante tendrá que firmar personalmente la recepción, previa acreditación de su identidad. En caso de no encontrarse en casa cuando llegue el cartero, será necesario acudir a una oficina para recibir la documentación, siempre previa acreditación de identidad. La Oficina del Censo Electoral enviará la documentación para el voto por correo a la dirección indicada a la solicitud entre el 3 y el 16 de julio. Durante este periodo, se espera que los votantes reciban todo el material necesario para ejercer su voto por correo de manera adecuada. En la tercera y última fase, el elector tendrá que remitir su voto por correo certificado, introduciéndolo en el envoltorio con la dirección de su mesa electoral. Esta gestión se realizará nuevamente en las oficinas de Correos, donde se asegurará su correcto envío.

Es importante tener en cuenta que el voto por correo no exime a los ciudadanos de ser seleccionados para formar parte de una mesa electoral. Existe una creencia extendida que aquellos que votan por correo están exentos de esta responsabilidad, pero la realidad es que podrían ser llamados a participar en las tareas de una mesa electoral.