El 23 de julio de 2023 se celebrarán elecciones generales en el Congreso de los Diputados y en el Senado de España, en las cuales podrán participar 37.466.432 de votantes. De los cuales, 35.141.122 residen en el Estado español y 2.325.310, en el extranjero. De los electores residentes en España, 1.639.179 podrán participar por primera vez en unas elecciones generales, por haber cumplido 18 años desde la anterior votación en Corts, celebrada el 10 de noviembre de 2019. ¿Quién puede votar en los comicios del próximo 23-J? ¿Quieres consultar si cumples los requisitos para ejercer el derecho a sufragio? ElNacional.cat te lo explica a continuación.
🔴 Resultados elecciones generales 2023, DIRECTO | Escrutinio del Congreso y el Senado
🔴 Resultados elecciones generales 2023 en Catalunya, DIRECTO | Escrutinio del Congreso y el Senado
Pueden votar a todas las personas con la ciudadanía española mayores de edad (más de 18 años) inscritos en el censo electoral, tanto residentes en España como residentes en el extranjero. Además de voto presencial, pueden ejercer este derecho mediante el voto por correo. No pueden votar a las personas condenadas por sentencia judicial firme a pena de privación del derecho de sufragio. En España no es obligatorio votar. Ninguna persona puede ser obligada o no coaccionada en el ejercicio de su derecho de sufragio, ni tampoco a revelar el sentido de su voto.
Consultar el censo
En todo caso se puede consultar quién está llamado en las urnas en el censo electoral. El censo electoral es una base de datos que contiene la inscripción de los que reúnen los requisitos para votar y no están privados definitiva o temporalmente del derecho de sufragio. Lo elabora la Oficina del Censo Electoral (*OCE), órgano encuadrado en el Instituto Nacional de Estadística. El censo electoral de residentes en España se puede consultar del 5 al 12 de junio en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la Oficina Electoral Central. Los electores residentes en el extranjero pueden comprobar sus datos de inscripción a estas mismas fechas en las oficinas consulares. También está disponible en la Sede Electrónica del INE, un servicio de consulta de los datos de inscripción al censo electoral, previa acreditación de la identidad del elector con el sistema Cl@ve (DNI electrónico, entre otros); en el caso de los electores residentes en España muestra, además, la mesa y dirección del local electoral.
¿Dónde y cuándo votar?
La votación empezará a las 9.00 horas del domingo 23 de julio, aunque los locales estarán abiertos antes para que puedan presentarse las personas que constituyan las mesas electorales y verifiquen que no hay problemas con el material electoral, acrediten a interventores e interventoras, apoderados y apoderadas, etc. La votación acabará a las 20.00 horas, momento en que la presidencia de la mesa electoral anunciará el final de la votación. No obstante, si quedaran en el local electoral, o en su acceso, personas que todavía no hubieran votado, la mesa los dejará votar y no permitirá que lo haga nadie más. Para ejercer su derecho al voto, los ciudadanos tendrán que llevar para identificarse el DNI (no sirve el resguardo de un DNI en trámite), el pasaporte o el carnet de conducir.