Tal día como hoy del año 1936, el Tribunal de Garantías Constitucionales de la República Española derogaba la ley de 2 de enero de 1935 que había intervenido la Generalitat de Catalunya. Aquella ley había sido promulgada posteriormente a los Hechos del Seis de Octubre (1934): la proclamación de la República Catalana dentro de la República Federal Española (06/10/1934), la represión militar y policial española (06 y 07/10/1934, que se saldó con 74 muertes, 252 heridos y más de 3.000 detenidos) y la detención, encarcelamiento, juicio y condena a 30 años de reclusión al president y a los consellers del Govern de Catalunya.

Acto seguido a los Hechos del Seis de Octubre, y plenamente desplegada la campaña represiva del estado español, la Generalitat había sido intervenida y puesta bajo la autoridad directa del Ministerio de Gobernación de la República, en aquel momento dirigido por Eloy Vaquero Cantillo (del PRR lerrouxista). El gobierno de Madrid había nombrado, en primera instancia, al coronel Francisco Jiménez Arenas como presidente accidental de la Generalitat, hasta el 10 de enero de 1935. Posteriormente, el mismo ejecutivo de Lerroux nombraría a Manuel Portela Valladares, Joan Pich y Pon y a Félix Escalas y Chamení, que actuaron como gobernadores generales de Catalunya.

El día 16 de febrero de 1936, el Front d’Esquerres (una alianza de partidos de izquierdas liderada por ERC) había ganado ampliamente las elecciones generales españolas en Catalunya (37 de los 54 diputados posibles). El Govern de Catalunya había hecho campaña desde la prisión del Puerto de Santa María y el 1 de marzo el president Companys y sus consellers habían recuperado sus legítimas responsabilidades. Se daba la circunstancia de que la mayoría de los jueces que integraban el tribunal que anuló la ley de 1935 habían formado parte de la misma sala que había decretado la intervención de la Generalitat.