Tal día como hoy del año 1947, hace 71 años, el general Franco, como jefe del estado español, firmaba la promulgación de la Ley de bandidaje y terrorismo, que era una recopilación de la legislación represiva anterior destinada a la persecución y liquidación de los elementos políticos disidentes con el régimen dictatorial. La Ley de bandidaje y terrorismo confirmaba la atribución de los "delitos políticos" a los tribunales militares. Aquella ley se referenciaba a las primeras normas dictadas por el bando franquista al inicio de la Guerra Civil española (1936-1939), y que habían estado sobradamente aplicadas manu militari en los territorios que, en el transcurso del conflicto, caían bajo dominio de los rebeldes.

La Ley de bandidaje y terrorismo se convertía en el puntal del sistema represivo del régimen franquista, hasta entonces ejercido a través de la Ley de responsabilidades políticas, y la Ley de represión de la masonería y del comunismo. Los historiadores que han investigado el fenómeno afirman que aquel conjunto de leyes tenían el objetivo de perseguir por medios extraordinarios (procesos sumarísimos y consejos de guerra) a los opositores al régimen franquista: se procesaba y condenaba por rebelión militar autores, cómplices y cooperadores de acciones contra el aparato del estado o contra el Movimiento Nacional, tanto aquellas consideradas de naturaleza violenta, como las alteraciones del orden público.

Franco promulga la Ley de Bandidaje y Terrorismo. Sala de un tribunal militar (2). Fuente Christie Books

Sala de un tribunal militar / Fuente: Christie Books

Aunque la prensa de la época se hizo eco, únicamente, de las detenciones, procesos y condenas de los maquis (guerrilleros anti-franquistas que el régimen había rebajado a la categoría de delincuentes comunes), aquella ley se aplicó también contra los que el régimen franquista llamaba "separatistas". La Ley de bandidaje y terrorismo recogía el corpus represor promulgado en 1940 que penaba las reuniones, concentraciones y conferencias públicas que promovían actividades que el código penal del régimen franquista había tipificado como "separatismo" y "relajación del espíritu nacional". Las penas que arbitrariamente se aplicaban iban desde la reclusión menor hasta la condena a muerte.