En un atípico Sant Jordi d'estiu, dado que fue imposible celebrarlo cuando tocaba, el 23 de abril, como consecuencia de la pandemia, el Tribunal Supremo ha querido dejar su impronta y que se hablara más de la justicia que de los libros y las rosas. Como ya viene siendo habitual, los días escogidos nunca son casuales y el Sant Jordi d'estiu no solo será recordado por la excepcionalidad de una jornada fruto del coronavirus y del confinamiento que impidió que se celebrase cuando estaba marcado en el calendario. Lo será, lamentablemente, porque fue el día en que el Supremo decidió empezar a revertir las decisiones de los jueces de vigilancia penitenciaria que han ido otorgando a los presos políticos, de acuerdo con sus competencias, las salidas del centro penitenciario para ir a trabajar o realizar tareas de voluntariado en aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario. Y, a partir de aquí suprimir el tercer grado -ir a dormir a prisión entre semana- que les concedió hace aún no diez días la Generalitat.

Es evidente que el Supremo, al intervenir en el 100.2 concedido a la presidenta Carme Forcadell, a partir de un resquicio abierto por el juzgado de vigilancia penitenciaria de Lleida, va a acabar desmontando todo el camino que se había andado, cumpliendo, eso sí, el reglamento penitenciario. El juez Manuel Marchena, que ha actuado como ponente, deja establecido que la competencia para resolver los recursos de apelación es del tribunal sentenciador -o sea, suya- y que procede a la revocación del permiso concedido a la presidenta del Parlament "por falta de justificación y desconexión con la reinserción". "Es injustificable que se les aplique este régimen de semilibertad de facto que tendría antes de haber cumplido ni una cuarta parte de la condena", dice el auto del Supremo.

Veremos como se maneja a partir de ahora el Supremo pero cabe pensar que su objetivo final es revertir el tercer grado y anular el máximo posible de los 100.2 que se han concedido a los presos políticos. No para todos serviría, por ejemplo, lo de no haber cumplido la cuarta parte de la sentencia ya que para los Jordis -Cuixart y Sánchez- sí que ha transcurrido el tiempo suficiente. Pero bueno, habiendo entrado el Supremo de una manera tan directa como lo ha hecho, nada lleva a pensar que no quiera ir hasta el final y zanjar durante un tiempo largo todo lo que respecta a cualquier tipo de debate legal que pueda establecerse respecto al 100.2 y al tercer grado. Además, la manera como ha empezado a moverse la fiscalia recurriendo a la Audiencia de Barcelona el 100.2 de varios de los presos y la celeridad con que lo ha hecho da a entender que en pocas horas el Tribunal Supremo tendrá todos los casos, no solo el de la presidenta Forcadell.

Por si no fuera poco, el Tribunal Supremo también ha escogido la celebración del Sant Jordi d'estiu  para rebajar considerablemente la condena a los 14 asaltantes ultras españolistas del centre cultural Blanquerna de Madrid. Inicialmente fue de hasta cuatro años de prisión y ahora ha quedado entre dos años y siete meses y dos años y nueve meses de prisión por desórdenes públicos. Los hechos se produjeron en la Diada de 2013 y hasta la fecha los acusados no han pasado ni una noche de prisión. Pero la justicia es igual para todos.