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Se mire como se mire, la sentencia de los tres magistrados de la Audiencia Provincial de Badajoz condenando por unanimidad a David Sánchez, el hermano del presidente del gobierno, a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación por su contratación en la Diputación de Badajoz en 2017, es una noticia preocupante. Lo es porque la sentencia considera que David Sánchez es autor, por cooperación necesaria, de un delito de prevaricación administrativa, motivo por el cual es condenado. Pero también es alarmante por la posición del gobierno español, esgrimiendo de manera muy amplia un relato de lawfare, y del ministro Óscar Puente, denunciando, con su lenguaje agresivo, la finalidad última de los jueces, que no sería otra que abatir al Gobierno socialista ante lo que considera incapacidad del Partido Popular para hacerlo en las urnas.

En síntesis, los tres magistrados de la Audiencia Provincial consideran que se prevaricó para crearle una plaza a David Sánchez ex profeso (coordinador de las Actividades de los Conservatorios) que era innecesaria y estaba vacía de contenido. A juicio del tribunal, el objetivo era que esa plaza fuera ocupada por David Sánchez Pérez-Castejón, que en ese momento carecía de un empleo estable. Dicho eso, se dice también que no ha quedado acreditado quién impulsó esa decisión, tampoco se ha probado que David Sánchez la solicitara y, en última instancia, no se ha probado que Pedro Sánchez, familiares u otras personas ejercieran presiones o influencias para conseguir la plaza. Como, sin duda, va a haber recursos en las instancias judiciales superiores, vamos a ver cómo acaba todo, ya que, al no ser firmes, las sentencias pueden ser posteriormente revisadas.

Es la primera vez que un familiar directo de un presidente del gobierno en activo es condenado en un caso de corrupción

Dicho eso, no se puede obviar la mayor. Es la primera vez que un familiar directo de un presidente del gobierno en activo es condenado en un caso de corrupción. Y eso no puede ser aparcado como si fuera intrascendente y fijarlo todo, exclusivamente todo, en un caso de lawfare. Aunque la sentencia no atribuye responsabilidad penal a Pedro Sánchez, sí afirma expresamente que la plaza se creó con el propósito de favorecer a su hermano por su condición de hermano de una figura política destacada y futuro secretario general del PSOE. Aquí es donde entra en juego Miguel Ángel Gallardo, también condenado, entonces presidente de la Diputación de Badajoz y también socialista, y sobre quien la sentencia considera acreditado que participó en la decisión inicial de crear la plaza, aprobó finalmente la contratación de David Sánchez y mantuvo una relación directa con él durante los años posteriores. Al mismo tiempo, la sentencia también subraya que no ha quedado acreditado que Pedro Sánchez interviniera o ejerciera influencia alguna.

Para los profanos como yo, hay un elemento de la sentencia muy llamativo, como es el hecho de combinar dos conclusiones que no son contradictorias jurídicamente: considera probado que hubo un proceso dirigido a crear una plaza para una persona concreta y no probado que existiera una presión concreta o un tráfico de influencias. Esa línea divisoria es la que le permite acreditar una irregularidad administrativa y descartar otras acusaciones que se formulaban, como el tráfico de influencias, que hubiera conllevado penas de prisión. Con la mirada puesta en el siguiente juicio familiar —el de Begoña Gómez— y sobre el que delibera, desde el pasado 13 de julio, la Audiencia Provincial de Madrid, los presagios solo pueden ser negativos. En poco, deberá anunciar si confirma la apertura de juicio y si el procedimiento debe seguirse con jurado popular. En cualquier caso, el viacrucis judicial de la familia Sánchez, como el de la familia Rodríguez Zapatero, será largo y repleto de espinas. Solo los ingenuos pueden hoy negar eso.