El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado homologar el acuerdo conseguido por el 85% de la plantilla de Acciona en Nissan el diciembre pasado. La UGT, CSIF y USOC fueron los tres sindicatos que consiguieron el acuerdo con  Acciona Facility Services sobre las indemnizaciones que tenía que recibir la plantilla de Acciona que trabajaba en la fábrica de Nissan en la Zona Franca de Barcelona.

En concreto, el TSJC ha acordado "denegar la homologación del acuerdo transaccional" entre estos sindicatos y Acciona, que preveía elevar las indemnizaciones por despido hasta 50 días por año trabajado y sin topes por antigüedad, todo eso con la intención de poner fin a la vía judicial.

Este acuerdo se cerró una vez concluida la negociación del ERE y sin acuerdo de todos los sindicatos, por lo cual el tribunal alega que, al haberse impugnado el despido colectivo por parte de otras secciones sindicales, "no puede aprobarse el acuerdo transaccional presentado porque no se ha suscrito por todas las partes intervinientes en lo mismo" y, por lo tanto, "lesiona los intereses" de las mismas secciones sindicales.

En este caso, el tribunal se refiere en CCOO y en CGT que fueron las dos organizaciones sindicales que presentaron alegaciones contra la homologación del acuerdo. Así lo subraya en un auto que ha dado a conocer este martes por la tarde el Colectivo Ronda, que asesoró tanto CSIF como USOC en este conflicto laboral.

"Profunda decepción"

Josep Pérez, abogado del Col·lectiu Ronda, que representa 440 trabajadores de los 500, ha mostrado su "profunda decepción" por la decisión del TSJC de no otorgar su aval en un acuerdo que ha sido aprobado por un 85% de la plantilla. "Podía haber sido homologado sin interferir en absoluto en el derecho de las secciones sindicales que no han querido participar en su logro a mantener la vía judicial e instar la nulidad del despido colectivo", ha considerado Pérez, que ve "factible" conseguir la nulidad del despido colectivo, pero avisa que esto "no garantiza mayores indemnizaciones a la plantilla ni, sobre todo, la posibilidad de conservar un puesto de trabajo, que es la principal motivación que nos ha mantenido abiertos al diálogo y a la negociación".

"A nuestro criterio, creemos que las consecuencias de una futura sentencia, incluso en caso de apreciar la nulidad del despido colectivo, no serán tan positivas por los trabajadores como lo son los términos del acuerdo", ha sentenciado el abogado del Col·lectiu Ronda. Además, el abogado ha asegurado que "si tenemos que celebrar el juicio, lo haremos y defenderemos a una plantilla que ha estado ejemplo de lucha y compromiso en defensa de sus puestos de trabajo". "Pero hasta entonces no desfalleceremos y estudiaremos todas las opciones que la legislación ofrezca para hacer respetar la voluntad mayoritaria de la plantilla e impedir que una minoría obligue a acudir a un juicio que optaron para evitar", ha concluido el letrado.

Juicio el 18 de marzo

Además, el TSJC ha fijado para el próximo 18 de marzo el juicio que tiene que resolver las demandas presentadas por diferentes secciones sindicales del comité de Acciona en Nissan contra el ERE ejecutado por Acciona.

Ahora bien, esta resolución del TSJC complica todavía más el conflicto laboral entre los trabajadores y Acciona derivado del cierre de la planta de Nissan, porque el personal de Acciona prestaba funciones principalmente de logística en esta planta hasta que se rompió el contrato de servicios entre ambas partes.

Cuando se rompió el contrato de servicios que mantenían Acciona y Nissan en la planta de la Zona Franca, la primera compañía decidió presentar un ERE y, al cerrarse la negociación sin acuerdo, la compañía empezó a ejecutar despidos el pasado 2 de octubre con la mínima indemnización legal prevista, mientras que CCOO, UGT y CGT presentaron una denuncia delante del TSJC pidiendo la nulidad del ERE, y el Colectivo Ronda lideró otra impugnación del despido colectivo.