Andalucía ha anunciado que suprime el impuesto de patrimonio y Galicia lo hará en un 50% a partir del 2023. Estas dos comunidades, gobernadas por el Partido Popular, se han sumado a la política ultraliberal de la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Hacer política en tiempo de crisis económica. La receta no es nueva y, si tenemos en cuenta, que este 2023 se celebrarán elecciones municipales y generales, todos los partidos toman posiciones.

El gran debate actual es un impuesto de patrimonio que muchos, a modo de ejemplo Foment del Treball, también reclaman que se suprima para Catalunya. Si ampliamos la mirada, actualmente en la Unión Europea ningún estado miembro lo incluye y sólo existe en Suiza y Noruega.

¿Cuándo nace este impuesto?

Así pues, ¿es un impuesto anacrónico o necesario? Àlex Segarra, economista asociado del despacho Roca Junyent, considera que se ha quedado anacrónico por dos motivos principales: "En primer lugar, sus orígenes se remontan en el año 1977 y fue concebido de forma extraordinaria para tener un control censal sobre el Patrimonio de los contribuyentes. Con la reforma del año 1991, este impuesto dejó de ser extraordinario y el objetivo del Impuesto pasó de ser de control censal a ser una herramienta de redistribución de la riqueza. Posteriormente se cedió a las comunidades autónomas la potestad de regular un mínimo exento y los tipos de gravamen del impuesto, y en el 2001 se obra la posibilidad de crear deducciones y bonificaciones. Estas últimas, utilizadas actualmente por determinadas comunidades autónomas, son la fuente del conflicto actual".

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Alex Segarra, Roca Junyent

El PSOE también lo quería suprimir

Si nos remontamos a la historia más inmediata, en las elecciones generales del 2008, los dos principales partidos políticos españoles, el PP y el PSOE llevaban en su programa electoral, la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio. Desde aquellas elecciones generales que ganó el PSOE, el Impuesto desapareció, pero no se derogó, sino que quedó en hibernación bonificando el 100% de las cuotas hasta que en el 2011. En plena crisis económica mundial interesó hacerlo renacer para cumplir con los objetivos de estabilidad presupuestaria. Esta medida se llevó a cabo sólo durante dos años, 2011 y 2012, pero se ha ido prorrogando hasta día de hoy.

Por todo ello, el abogado Segarra concluye: "Sin querer entrar en más detalles históricos, no sólo pienso que es un impuesto anacrónico por los motivos anteriormente expuestos, sino que también pienso que es injusto y discriminatorio por culpa de la potestad que tienen las comunidades autónomas para regular totalmente los mínimos, tipo y sobre todo deducciones y bonificaciones".

Un impuesto que provoca menos distorsiones

Ahora bien, en la otra cara de la moneda hay que remarcar que en políticas de estados del bienestar, este impuesto repercute a las grandes fortunas y, a modo de ejemplo, en el caso catalán es imprescindible actualmente, según el mismo conseller de Economía, Jaume Giró: "Mientras Andalucía se dedica a rebajar impuestos y hacer política fiscal agresiva, en Catalunya se sigue perpetuando un déficit fiscal", en declaraciones recientes por el objetivo de captar inversiones catalanas que persigue el presidente andaluz, Juanma Moreno. ¿Por lo tanto, si tan sólo nos centramos en el caso del Estado español, se puede tildar de oportunismo lo que hace el PP? La OCDE, que aglutina a los 30 países más ricos del mundo, ha elaborado un informe favorable a este tipo de impuestos por razones de equidad, pero también por eficiencia económica, ya que provocan menos distorsiones o impactos que los otros. Ahora bien, la OCDE también admite que el gravamen sobre la riqueza aporta poco a los países que lo aplican (menos del 2% del PIB), pero lo defiende como un mecanismo para fomentar la igualdad de oportunidades.

En el marco de la crisis económica y social actual, el objetivo de los impuestos sobre la riqueza (Impuesto del Patrimonio, pero también Sucesiones y Donaciones (ISD) y de Bienes Inmuebles (IBI)) tienen una principal finalidad que es la redistribución de esta. ¿Pero en el actual contexto de este impuesto en Catalunya (donde a partir de un patrimonio de 500.000 euros sin contar la vivienda habitual), una persona que trabaja 40 horas a la semana por un sueldo que hereda, ya se puede considerar rica? Como siempre, el criterio es bien subjetivo. Al ejemplo de no poder dar una respuesta tajante, el abogado Segarra argumenta que "¿si un jubilado que se ha pasado toda la vida trabajando y ahorrando durante los 40 años de vida laboral hasta 600.000 euros en activos financieros, se puede considerar rico?"

¿Pagar dos veces?

Por otra parte, el Impuesto del Patrimonio se paga anualmente sobre unos activos que en muchos casos previamente ya han tributado por el IRPF o por ISD. Al respecto, Foment se ha llegado a cuestionar si vulnera la Constitución, pues, este impuesto, puede llegar a suponer en determinadas circunstancias, una vulneración del principio de capacidad económica, reconocido por el artículo 31 de la Constitución, puede llegar a ser confiscatorio en determinados casos. Ahora bien, la duplicidad es un fenómeno que pasa en la mayoría de los impuestos. La única manera que esta multiplicidad no pasara sería la implantación de un único impuesto general, en el que se concentrara el pago de toda la financiación del gasto público. La dificultad para llegar a esta concentración es grande.

¿Cómo tienen que ser los impuestos?

En el ejercicio del 2020, el Impuesto de Patrimonio recaudó en Catalunya un total de 601.311.753,19 euros. Este importe, aunque parece cuantioso, representa menos del 2,5% del total de los ingresos de las finanzas catalanas. "No es un impuesto trascendente para el desarrollo del país y podría ser suplido por varias alternativas: incrementos impositivos de los hidrocarburos, de las ventas minoristas de tabaco, nueva fiscalidad verde o nueva fiscalidad tecnológica. Incluso, y llevado al extremo, incrementando un 0,3% el tipo medio del IVA, a nivel estatal ya estaríamos recaudando los 1,2 M de euros aproximados que se recaudan a través del Impuesto sobre el Patrimonio", argumenta Segarra.

Pero también hay partes positivas: "La redistribución es el objetivo y único punto fuerte del Impuesto sobre el Patrimonio. No obstante, opino que tener tantos impuestos (y algunos como este, grabando varias veces el mismo activo) general confusión: los impuestos tendrían que ser pocos, sencillos, comprensibles y eficaces, y como toda economía doméstica es muy importante también tener el control de los gastos".

¿Qué hacen en el resto de Europa?

Actualmente, este tipo de impuesto, tal como lo tenemos nosotros establecido, sólo está presente en Noruega, Suiza (cantones concretos) y en España, como ya se ha mencionado anteriormente. Francia es el último país que lo suprimió el pasado 1 de enero del 2018, reemplazándolo por un gravamen sobre las viviendas con un valor superior a 1,3 millones de euros.

Muchos países nunca han tenido un tributo sobre el patrimonio a lo largo de la historia (es el caso, entre otros, de Italia, Grecia, Portugal, la República Checa, Hungría o el Reino Unido), mientras que otros estados europeos lo han ido eliminando en las últimas décadas: Austria lo hizo en 1993; Alemania, tres años más tarde; y en 1997, Dinamarca. Después, en el 2001, se sumaron Polonia y Holanda (lo incorporó al impuesto sobre la renta), Irlanda, Luxemburgo y Finlandia (2006); y Suecia, un año después.

En definitiva, concluye Segarra, "El impuesto del Patrimonio tiene muchos puntos débiles: en primer lugar, es un impuesto que puede causar un doble, incluso triple, tributación, como ejemplo: un inmueble, que tributa por IRPF, por el IBI y finalmente por Patrimonio. En segundo lugar, en el marco internacional es un freno en la entrada de inversores a residir en España, y concretamente en Catalunya. Por último, la ya tratada injusticia entre comunidades autónomas donde parece que al respeto de eso último se están incorporando propuestas como la que la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunció el pasado 29 de septiembre de creación de un nuevo tributo estatal "de solidaridad de las grandes fortunas".

Y añade: "Es un intento de centralizar este impuesto de la riqueza, evitando que haya comunidades autónomas que no ingresen ni un euro por este concepto, pero no resuelve ninguno de las anteriormente mencionadas ineficiencias de confiscatoriedad, freno de inversión extranjera ni desventaja competitiva respecto de nuestros socios europeos".