El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado este jueves que una trabajadora embarazada puede ser despedida en el marco de un despido colectivo. En este supuesto, el empresario tiene que comunicar a la trabajadora los motivos que justifican el despido y los criterios objetivos.

El tribunal señala que la directiva sobre la seguridad y la salud de la trabajadora embarazada no se opone a una normativa nacional que permita el despido de una trabajadora embarazada con motivo de un despido colectivo.

Denuncia catalana en Luxemburgo

El caso se refiere al expediente de regulación de empleo (ERE) que Bankia puso en marcha en el 2013, que afectó entre otros a una mujer embarazada que decidió presentar una demanda ante un juzgado de Barcelona, que se pronunció a favor de la entidad bancaria.

La afectada recorrió delante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, el cual se dirigió a su vez a la corte de Luxemburgo, que ha tomado la última decisión.