La sentencia del Supremo supone un revés al sector financiero e hipotecario y determina que los impuestos derivados de firmar una hipoteca los tiene que pagar el banco, no el cliente. Una noticia que ha supuesto un descalabro en el sector financiero y en los mercados, como el Ibex, que ha caído por debajo de los 9.000 puntos, arrastrado por las entidades financieras, llegando a pérdidas del 10%. El quid de la cuestión, sin embargo, es: ¿quién y cómo puede reclamar este impuesto?

Se trata del impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD), que comportaría que los bancos tengan que devolver unos 1.500 millones de euros, teniendo en cuenta los 150.000 millones de hipotecas firmadas desde el año 2014. De hecho, el AJD es el coste más elevado de la formalización de un préstamo y varía según la comunidad autónoma entre un 0,5% y un 1,5%.

Según la decisión del Tribunal Supremo, la decisión afecta a los hipotecados que ya han pagado este impuesto y que, por lo tanto, pueden reclamarlo al banco. Con todo, el Supremo tiene en cuenta los ejercicios no prescritos, que son los ejercicios fiscales desde el 2014 hasta la actualidad, y en ningún caso habrá retroactividad.

Además, el importe de este impuesto varía en función de la comunidad autónoma del cliente, como decíamos, y teniendo en cuenta una hipoteca tipo de 150.000 euros, el pago inicial por estos costes supondría entre los 2.800 y los 5.000 euros de media.

¿Qué otros impuestos puede reclamar el cliente?

A los costes totales de constitución de una hipoteca, además de este importe, se les tiene que añadir los gastos de notario (aproximadamente 800 euros), los gastos de gestoría (aproximadamente 500 euros), la tasación (entre 300 y 450) y el coste del registro (unos 375 euros).

Así pues, además del AJD, los clientes pueden reclamar los gastos de notaría, el coste de la anotación en el Registro de la Propiedad, honorarios de la gestoría ―generalmente impuesta por el banco― y la tasación de la vivienda.

¿Cómo hacerlo?

Según los expertos, habría varias vías para hacer las reclamaciones, y no toda la gente del ramo coincide. Por una parte, la reclamación directa a la comunidad autónoma del impuesto AJD o la demanda civil contra el banco por cláusula abusiva. En Catalunya, se puede iniciar tanto como consumidor como empresa, un procedimiento de devolución de ingresos indebidos a la Generalitat, ya que es el órgano que se encarga de recaudar el AJD del registro de la hipoteca; y la Generalitat tendría que devolver el importe del impuesto al cliente y cargarlo al banco.

Por otra parte, el gerente de la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona, Òscar Gorgues, explica que él ve dos vías: o bien negociando con el banco o bien por vía judicial. Según la vía judicial, no hace falta que el cliente cumpla la condición de ser posterior al ejercicio fiscal del 2014, ya que las cláusulas abusivas no prescriben.

La otra opción sería ir a negociar con el banco para intentar llegar a un acuerdo y así evitar ir a la vía judicial. "Vendría a ser parecido a lo que ha pasado con las cláusulas suelo, en que algunos bancos han aceptado pagar a los clientes y otros han tenido que resolverse por la vía litigiosa", explica Gorgues.

Con todo, sin embargo, Gorgues recomienda esperar unos días para ver cómo acaban reaccionando los bancos.

"Repercutirá a los clientes"

Aunque no se ha puesto una cifra concreta, expertos del sector consideran que lo que esta sentencia del Supremo puede suponer para los bancos podría ser muy superior a lo que tienen que pagar por las cláusulas suelo. El hecho es que hay más de ocho millones de hipotecas firmadas sin haber prescrito; unas cifras que podrían superar los 5.000 millones que los bancos tienen que pagar por las cláusulas suelo.

Según Gorgues, esta sentencia "acabará teniendo consecuencias para los clientes" de las hipotecas, ya que "de cara el futuro los bancos acabarán endureciendo las condiciones hipotecarias". "Encontrarán la manera de compensar lo que pierden mediante otros conceptos", ha lamentado Gorgues.