No hay delito de soborno en el caso Negreira. Así lo sostiene la Fiscalía Anticorrupción contra el criterio del titular del juzgado de instrucción 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, que a finales de septiembre pasado añadió el delito de cohecho contra los expresidentes del FC Barcelona, Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, dos directivos del club y el Barça, como persona jurídica, por haber pagado 7,5 millones de euros entre los años 2011 en el 2018 al entonces vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira, y a su hijo Javier Enríquez, también investigados, para haber realizado para el club blaugrana informes de árbitros.

El criterio del magistrado es que el exnúmero 2 de los árbitros se le tiene que considerar como funcionario público, requisito imprescindible para que exista el delito de cohecho. El juez Aguirre razona que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), de la cual depende la CTA, tiene “un carácter de persona juridico-pública” y, por lo tanto, Negreira, se lo puede considerar funcionario. Sin embargo, los dos fiscales del caso Negreira se adhieren al posicionamiento de las defensas que han rechazado la tesis del juez, según ha confirmado la Fiscalía de Barcelona este viernes.

Tampoco Laporta

La Fiscalía considera que los pagos del Barça no están suficientemente justificados y presentó la querella contra los investigados del caso Negreira e inicialmente les acusa de los delitos de administración desleal, blanqueo de capitales y falsedad documental. Por ahora, pero no se ha encontrado ningún indicio de que la directiva del FC Barcelona pagara para comprar árbitros y partidos, como se insinúa.

Es la segunda vez que los fiscales muestran su oposición a la investigación del juez Aguirre. La primera es la imputación del presidente del Barça Joan Laporta. El magistrado ha considerado que el primer mandato de Laporta, que también hizo pagos a Negreira para hacer informes, no está prescrito porque hace un cálculo hacia atrás. Acción criticada por los fiscales y también por las defensas porque precisan que ha hecho cálculo totalmente rompedor con la norma y jurisprudencia vigente, porque la prescripción penal se calcula desde el momento de los hechos hasta su denuncia; es decir, hacia delante.

La Audiencia de Barcelona tiene que resolver ahora si comparte el criterio del titular del juzgado de instrucción 1 de Barcelona en cuanto al delito de soborno y a la imputación de Laporta o, por el contrario, da la razón a la Fiscalía y a todas las defensas que no existe el delito de cohecho y que el cálculo de la prescripción que ha realizado es erróneo, y, por lo tanto, la acusación contra Laporta se tendría que archivar.

Negreira, al juzgado

Paralelamente, el juez ha citado Enríquez Negreira para que declare como investigado el próximo 21 de febrero. Su abogado, Daniel Pérez Esqué, pidió que fuera eximido del proceso penal por la enfermedad que sufre, pero los forenses del juzgado han determinado que su pérdida de memoria no es invalidante, y por eso el juez lo cita ahora. El resto de investigados seguramente serán citados pronto.

Además del caso Negreira, el magistrado Aguirre es el instructor del caso Volhov y ha sido noticia esta semana por la entrevista que dio en una televisión alemana sobre este caso abierto que investiga, que versa sobre la financiación supuestamente ilegal del independentismo catalán.